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Ante el incremento de la violencia machista que se ensaña contra las mujeres hasta quitarles la vida, en la sociedad surgen voces que demandan que las autoridades decreten "Alerta Roja" como una forma de frenar los feminicidios que hasta la fecha han alcanzado a 73 víctimas en todo el país. Esta medida se halla prevista en la Ley 348 que en su  artículo 37 Inc. II.1 dispone que una de las razones para adoptar la medida es que se registre un alto índice de delitos contra la vida, la libertad y la integridad física, psicológica o sexual de las mujeres en un territorio determinado.

Una vez declarada la alerta, las autoridades del territorio (nacional, departamental o municipal o entidades territoriales autónomas) tienen el deber de:

  • 1. Establecer una comisión conformada por un equipo técnico interinstitucional y multidisciplinario especializado que realice el seguimiento respectivo, presidido y financiado por la entidad responsable.
  • 2. Implementar con carácter intensivo las acciones de prevención, atención y protección, para afrontar y reducir los casos de violencia en el ámbito o la zona objeto de la alerta, debiendo las máximas autoridades ejecutivas de entidades e instituciones públicas y de entidades territoriales autónomas, reasignar los recursos económicos que se requieran para ejecutar acciones que demanden la atención de la alerta, aplicando para tal fin el mismo procedimiento que el determinando para la declaración de situaciones de emergencia.
  • 3. Elaborar reportes especiales sobre los avances logrados, mediante un monitoreo permanente que permita determinar las condiciones de las mujeres con respecto a la violencia y evaluar los mecanismos de atención y protección, así como el acceso de las mujeres a los mismos, que incluya recomendaciones para su fortalecimiento (Art.38).

De la lectura de la norma se establece que la declaratoria de alerta supone la disponibilidad de recursos suficientes para la ejecución de las tareas previstas; pero, sobre todo, la predisposición y sincera voluntad política de atacar el problema con seriedad y compromiso. Sin embargo, en las condiciones actuales en que se encuentran las instituciones sobre las que recae la responsabilidad de ejecutar acciones de prevención, atención y protección de la violencia, la "Alerta Roja" corre el riesgo de ser una acción meramente simbólica, pero muy útil como propaganda electoral mediante el uso de un drama que enluta a muchos hogares bolivianos.

Han transcurrido seis años desde la aprobación de la Ley 348 y los resultados que prometía se hallan cada vez más difíciles de alcanzar, porque no ha sido posible conseguir que se cumpla al menos con un porcentaje mínimo de las obligaciones impuestas a las autoridades; tal es así que las acciones de prevención se reducen a algunas actividades con grupos de mujeres o estudiantes, a intermitentes spots publicitarios, pero nada sostenido y de impacto.

De igual manera, para las tareas de atención apenas alcanzan a mal pagar a sus equipos de abogados/as psicólogos/as y trabajadores sociales por escasos seis meses, llegando a nueve con el trabajo gratuito de tres meses como condición para una probable renovación del contrato de trabajo en la gestión siguiente, política institucional que, además de violentar las leyes laborales que protegen a los/as trabajadores/as, no aseguran un servicio de calidad realizado por especialistas como señala la Ley.

Así mismo, si volcamos la mirada hacia el sistema de justicia y la respuesta a las víctimas de violencia, vemos que no se han dado sino pequeños pasos que no tienen mayor importancia para la sociedad, pues las limitaciones de personal, equipos y disponibilidad de recursos económicos hacen que sobre la desgracia de ser víctima se sume la violencia, indiferencia o incapacidad institucional para materializar el derecho de acceso a la justicia.

Está visto que no es suficiente la existencia de leyes por muy severas que estas sean si no se generan las condiciones para encarar el problema con solvencia y firmeza, de tal manera que la sociedad vaya asimilando que la violencia machista es una conducta merecedora del reproche social más contundente y explícito, independientemente de las sanciones que imponga la justicia.

Una declaratoria de "Alerta Roja" exige un compromiso de los niveles más altos del Órgano Ejecutivo que es desde donde se distribuyen los recursos a las entidades autónomas. Sin embargo, mientras no existan señales claras y objetivas de este órgano del Estado para tratar el tema de la violencia como una situación de emergencia, lo que hagan los municipios, gobernaciones o entidades territoriales autónomas, no será otra cosa que una medida distractiva inútil para frenar los feminicidios.

*La Dirección de Guardiana da la bienvenida a su sección Opiniones a Julieta Montaño Salvatierra, abogada y defensora de los derechos humanos de las mujeres desde la Oficina Jurídica para la Mujer y desde otros espacios que le tocó ocupar.

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