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La administración de justicia en Bolivia vive la peor crisis institucional desde el retorno a la democracia en 1982. Los vicios y debilidades que traía históricamente se han visto extendidos en el último tiempo.  Los problemas de retardación y mora procesal, las tasas de hacinamiento carcelario y de presos sin condena, así como los recurrentes casos de condena de inocentes por error judicial y consorcios de corrupción entre otros, hoy se ven agravados por denuncias de persecución política selectiva, develando un problema estructural que ha hecho que la justicia en Bolivia haya perdido su capacidad de cumplir su rol tutelar de los derechos humanos y garantizar el efectivo cumplimiento del principio constitucional de separación e independencia de poderes.

La apuesta principal de la reforma constitucional de 2009, que fue la elección de las altas autoridades de la judicatura por voto popular, ha fracasado. En los procesos de selección de altas cortes y del Consejo de la Judicatura a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional primó la decisión política por sobre la evaluación de méritos, y esto ha contribuido a generar un esquema de captura política, arbitrariedad y desmantelamiento institucional del sistema de administración justicia, creando una situación de impunidad estructural. Está claro que las actuales autoridades judiciales han perdido toda capacidad y credibilidad para encarar la impunidad por violaciones de derechos humanos y actos de corrupción cometidos en los últimos años.

En ese sentido, se plantea la necesidad de recuperar la institucionalidad judicial, estableciendo un nuevo sistema de selección y designación de más altas autoridades judiciales, capaces de liderar la reforma pendiente, respetando los estándares internacionales de derechos humanos, independencia judicial y el marco constitucional vigente.

La estrategia de recuperación de la institucionalidad judicial enfrenta el desafío sobre cómo abordar este proceso. ¿Qué podemos hacer para avanzar hacia una reforma? El diseño de una hoja de ruta que oriente la transición judicial en el proceso de recuperación de la institucionalidad democrática deberá contemplar condiciones que aseguren su viabilidad política y legal, bajo la Constitución vigente y los convenios internacionales.

Conforme al artículo 411 de la Constitución boliviana, se puede promover la aprobación de una propuesta de reestructuración del sistema de administración y procuración de justicia que modifique la composición y forma de selección y designación de los órganos de justicia, incluyendo la eliminación del sistema de elección por voto, incluyendo un régimen de transición y remoción de las más altas autoridades.

Esta propuesta podrá iniciarse por iniciativa popular, con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado; o por la Asamblea Legislativa, mediante ley de reforma constitucional aprobada por dos tercios del total de sus miembros presentes y posterior referendo constitucional aprobatorio. Dado el último esfuerzo fallido propuesto por el Ministerio de Justicia, toca ahora el liderazgo ciudadano hacia la reforma.

Recordemos algunas experiencias cercanas de reforma constitucional para la reforma judicial. En los últimos años, por ejemplo, primero Ecuador y luego el Perú, encontraron por esta ruta la vía para reformar y recomponer sus órganos de gobierno judicial. En febrero del 2018, Lenin Moreno, además de lograr eliminar la reelección indefinida, logró que mediante referéndum constitucional se aprobara la reforma de la Constitución para reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como dar por terminado el período constitucional de sus entonces miembros, y que un nuevo Consejo asuma transitoriamente sus funciones, con la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades judiciales cuya designación le corresponde (entre ellas, al Fiscal General del Estado, Procurador General del Estado y miembros del Consejo de la Judicatura), anticipando la terminación de sus periodos[1].

De igual forma, en diciembre de 2018, el entonces presidente peruano Martín Vizcarra convocó a referéndum, a fin de aprobar una reforma constitucional para la creación, conformación y nuevas funciones de la Junta Nacional de Justicia (antes Consejo Nacional de la Magistratura), la no reelección inmediata de congresistas y el financiamiento privado a los partidos. Bajo este mandato, en febrero de 2019 se promulgó la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, instancia encargada de elegir a jueces y fiscales del país[2].

Por otra parte, se deberá explorar el potencial que ofrecen los mecanismos de justicia transicional, que tradicionalmente se desarrollaron durante los procesos de transición democrática luego de las dictaduras militares, pero que ahora pueden ser útiles -bajo un enfoque renovado- para salir de periodos de conflicto y polarización, hacia un nuevo momento de reconciliación y reencuentro democrático.

Estos mecanismos comprenden una diversidad de enfoques, incluyendo herramientas no judiciales, para dar respuesta a la impunidad cuando se pasan de un periodo de conflicto, arbitrariedad y violencia a otro de paz, democracia y estado de derecho. Una política de justicia transicional puede incluir muchos elementos interrelacionados, desde la reforma institucional del sistema de justicia, con el fin de desmantelar, por los medios adecuados, la maquinaria estructural del régimen autoritario, hasta la creación de Comisiones para la Verdad con el mandato de investigar y denunciar patrones sistemáticos de abusos de poder.

Por ejemplo, con el fin de identificar patrones y casos de injerencia indebida sobre la justicia ecuatoriana en el periodo de Rafael Correa, el año pasado se creó una Mesa por la Verdad y la Justicia, instancia nacional que ha recibido al presente cerca de 1.500 denuncias sobre casos en los que el ejecutivo de ese país habría presionado políticamente. De ellos, al menos 300 han sido identificados como casos de persecución política.

La consolidación democrática en Bolivia supone como requisito indispensable la existencia de un Órgano Judicial independiente, sometido únicamente al imperio de la ley. Se requiere implementar un sistema genuino de carrera judicial, basado en calificación de méritos y competencias profesionales, de ingreso, permanencia, capacitación, ascensos y retiro de la función jurisdiccional, gestionado por un régimen que asegure un gobierno judicial autónomo frente a los poderes políticos y otros poderes fácticos.

Así, la reforma y transición de la nueva justicia en Bolivia requieren ser pensadas y abordadas multidimensionalmente, incluyendo múltiples mecanismos, unos convencionales y otros heterodoxos, mediante la reforma constitucional y el desarrollo de mecanismos transicionales de acompañamiento a los esfuerzos de lucha contra la impunidad y la reconstrucción democrática del sistema de justicia.


[1] https://www.elcomercio.com/uploads/files/2017/10/03/Anexo%20pregunta%202.pdf

[2] https://static.legis.pe/wp-content/uploads/2018/12/Proyecto-de-Ley-Org%C3%A1nica-de-la-Junta-Nacional-de-Justicia-Legis.pe_.pdf

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