0

Por Guardiana (Bolivia)

Viernes 14 de mayo de 2021.- Hoy se recuerda el Día Mundial del Seguro porque un 14 de mayo de 1908 se publicó la primera ley reguladora del seguro privado en España y también en la misma fecha de 1946 se reunió por primera vez en Nueva York la Conferencia Hemisférica de Seguros, una iniciativa que fue impulsada después de la Segunda Guerra Mundial. En Bolivia, el último seguro lanzado este mes ha sido el Seguro Obligatorio para la Trabajadora y el Trabajador de la Construcción, SOAT-C, denominado "Constructor Seguro", sobre la base de la Ley 1155 del 12 de marzo de 2019 y su reglamento, el Decreto Supremo 4058 del 15 de octubre de 2019.

“Tengo años haciéndolo así y no me ha pasado nada”… “Fue solo un ratito”… Son dos de las frases que se repiten después de cada accidente en una construcción en Bolivia. Una tiene que ver con la excesiva confianza generada por años de trabajo y la otra con el factor tiempo. Sin embargo, en ambos casos, nadie está en condiciones de asegurar que de un accidente en una construcción se saldrá solo con rasguños, en una silla de ruedas o en un cajón. Ese es el riesgo que día a día deben enfrentar en Bolivia más de 360 mil personas que según el Gobierno trabajan en el rubro de la construcción y que hoy ya pueden comprar un seguro contra accidentes en la construcción.

“Todo trabajador o trabajadora de la construcción para prestar sus servicios en el territorio nacional tiene la obligación de contratar anualmente y mantener vigente el SOAT-C mientras trabaje”.

Artículo 4 de la Ley 1155

La prima tendrá una cobertura de 7.000 bolivianos para los gastos de accidente y de 70.000 bolivianos en caso de muerte o incapacidad del obrero u obrera. Estos montos que figuran en la Ley 1155 serán revisados por lo menos una vez cada tres años por el Gobierno y podrán entonces ser modificados mediante un decreto supremo.

La cantidad de trabajadores de la construcción representa según las cifras que maneja el Instituto Nacional de Estadísticas el 9,2 por ciento de la población ocupada en el país y el sector de la construcción representa en 2021 el segundo en crecimiento. Aunque no se cuenta con una cantidad ni porcentajes precisos de cuántos accidentes se dan al año en el rubro de la construcción, hay quienes indican que el 70 por ciento de los accidentes laborales se producen en la construcción.

Tanto la ley como su reglamento de 2019 representan una ratificación que el Gobierno de Bolivia hizo el 10 de febrero de 2015 para aplicar el Convenio 167 de la Organización Internacional del Trabajo de 1988 en el país. Dicho convenio que ha tardado seis años en ser cumplido en Bolivia establece medidas para la seguridad y salud a favor de las y los trabajadores de la construcción.

Todo tipo de obras

Según el Convenio 167 de la OIT, la palabra construcción abarca todo tipo de edificaciones incluidas las excavaciones, las transformaciones estructurales, la renovación, la reparación, el mantenimiento (incluidos los trabajos de limpieza y pintura), la demolición de todo tipo de estructuras, las obras públicas desde aeropuertos, muelles, canales, embalses, obras de protección contra las aguas fluviales, las avalanchas, los trabajos en carreteras, ferrocarriles, puentes, túneles, viaductos y obras relacionadas con comunicaciones, alcantarillado y otros.

Ahora, todas las personas que trabajan en ese tipo de obras podrán adquirir su seguro... Para tal efecto, podrán aproximarse a cualquiera de las oficinas de Univida a nivel nacional para comprar su SOAT-C y antes de que se cumpla un año de su vigencia desde el momento en que se adquirió tal seguro, deberían aproximarse nuevamente a una agencia para renovar su seguro y no esperar que este venza.

Responsabilidades de los empleadores

Quien contrate o subcontrate a cualquier persona para realizar trabajos en alguna obra , "debe verificar que esta cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción y que el mismo se encuentre vigente. Si por algún motivo no hiciera tal verificación y llega a contratar a trabajadoras o trabajadores que no tienen este seguro, si se produce un accidente será pasible a las responsabilidades y sanciones a establecerse en el Decreto Supremo reglamentario de la presente Ley".

Y si la o el empleador que debe contratar los servicios de una o un trabajador duda de la autenticidad del documento presentado, tendrá a su disposición una base de datos armada por Univida para que con solo incluir el número de carnet de identidad, sepa si el seguro está vigente o no.

¿A qué centro médico podrán acudir?

El artículo noveno de la Ley 1155 indica claramente que "todo establecimiento de salud, público o privado", en todo el territorio boliviano, "está en la obligación ineludible de atender a las víctimas de los accidentes laborales de las y los trabajadores de la construcción". Y si en alguno de ellos se negaran a efectuar la atención médica, "la negativa será considerada como delito de denegación de auxilio previsto y sancionado por el artículo 281 del Código Penal".

La pena por negar la atención a un accidentado de una construcción en un centro médico es de uno a cuatro años de prisión según el artículo 154 del Código Penal mencionado en la Ley 1155 que da curso a la creación del seguro para accidentes en construcciones.

Es más, si el centro médico al que ha sido llevado un trabajador que sufrió un accidente no cuenta con alguna especialidad o insumos médicos requeridos para atender al herido, quien dirige dicho centro podrá autorizar "bajo su responsabilidad" el traslado de la persona accidentada a otro centro médico que cuente con lo que se necesita.

Ojo, no todos los accidentes serán cubiertos

En el reglamento, en el artículo sexto se indica que quedan excluidas de la cobertura de este seguro aquellas personas cuyo accidente se produzca fuera del territorio boliviano, que hayan estado en estado de ebriedad o bajo efectos de drogas, narcóticos u otros alucinógenos durante el accidente, por suicidio o lesiones autoinfringidas o que el accidente se produzca fuera de  la obra en construcción.

También están excluidos aquellos tratamientos que se presentan por efectos secundarios al accidente sufrido como por ejemplo cirugías plásticas, tratamientos psicológicos y prótesis no funcionales, a excepción de cirugías reconstructivas y prótesis funcionales internas.

Requisitos a tomar en cuenta

Quien sufra un accidente en una construcción deberá comunciar lo sucedido a la aseguradora máximo en un plazo de 15 días calendario, “salvo situaciones de fuerza mayor o impedimento debidamente justificado”. Dependiendo de la gravedad del accidente, le exigirán al trabajador menos o más documentos.

Tarwi y cañahua, dos alimentos fantásticos; pero poco producidos y consumidos

Noticia Anterior

Vacunas, en la historia de Bolivia desde 1825

Siguiente Noticia

Comentarios

Deja un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *