Por Guardiana (Bolivia)
La promesa de "hasta que la muerte nos separe" no siempre se cumple en algunos matrimonios que optan por el divorcio cuando la reconciliación es imposible. La repartición de propiedades, muebles, anticréticos y hasta deudas son temas de preocupación para la expareja durante este proceso. Guardiana te explica hoy todo lo que debes saber si estás atravesando por esta situación.
Claudia P. estuvo casada por 10 años con Eduardo D. y de esa relación nació un hijo que hoy tiene ocho años. Por razones irreconciliables, ella decidió divorciarse y en el proceso él le exigió la devolución de los muebles que compró para la convivencia, incluida la computadora y el único televisor de la casa. En caso de no hacerlo, Eduardo la amenazó con pedir la mitad de la propiedad que ella heredó en un municipio rural de La Paz.
Yo estoy dispuesta a darle la mitad de los muebles, pero no la computadora ni el televisor porque mi hijo usa ambas para pasar clases virtuales, pero él no entiende y me dice que si no cedo me quitará la mitad de la casita que tengo en un pueblo y que me heredó mi mamá, porque la recibí antes del divorcio y él asegura que todo se divide a la mitad.
Claudia P., litigante en un proceso de divorcio.
Al respecto, Yerko Paz, abogado especialista en conciliaciones y en conflictos legales relacionados con la familia, aclara que todo bien inmueble, vehículo u otros que sean producto de herencias no entran a la división de bienes durante el divorcio, así hayan sido adquiridas dentro de la etapa del matrimonio, y que el Código de las Familias aborda esta situación precisamente como una excepción a la regla.
Beymar M. también sigue un proceso para la división de bienes tras separarse de Virginia L., con quien convivió ocho años en una vivienda que pertenece a los papás de su expareja. Cuando ambos decidieron separarse, él solo sacó una maleta con su ropa y se fue de la casa, y ahora ella se niega a darle las cosas que él compró con el argumento de que no eran casados y que no hay norma de que la obligue a hacerlo.
Lo que sigo es un proceso para que se reconozca la unión libre y así ella me devuelva, aunque sea la mitad, de todo lo que compré con mis sueldos de ocho años, fueron prácticamente todos los muebles, cocina, refrigerador, dos televisores, incluso hice varios arreglos en la casa, pero entiendo que también viví sin pagar todo ese tiempo, solo quiero lo justo, no tuvimos hijos. Ella no ganaba mucho y yo fui comprensivo esos años.
Beymar M., litigante en un proceso de reconocimiento de unión libre para la repartición de bienes.
El abogado Paz recuerda que la unión libre es un tipo de vínculo que da los mismos efectos de un matrimonio, en cuanto a derechos y obligaciones, según el Código de las Familias, y que esta figura se usa habitualmente en casos de separación para la división de bienes y custodia de los hijos.
Hay personas que viven 10, 15 o 20 años y nunca se casan, pero después se separan y tienen problemas para la división de bienes. En este caso, la persona puede demandar judicialmente la declaración de unión libre demostrando la convivencia y esto genera un efecto retroactivo para que se haga la división de los bienes gananciales, es decir, a partir del momento que decidieron vivir juntos.
Yerko Paz, abogado especialista en conciliaciones y en conflictos legales relacionados con la familia.
El jurista recuerda que contraer matrimonio o declararse en unión libre significa contraer obligaciones y ejercer ciertos derechos con otra persona y uno de esos es la constitución de una comunidad ganancial que, al existir un divorcio o separación, debe dividirse en partes iguales. Conozca los pormenores:
1. ¿Qué es una comunidad ganancial o bienes gananciales?
Es todo lo que la pareja acumula en cuanto a bienes inmuebles, vehículos, muebles y cuentas bancarias. A partir del momento en que firmas y tu estado civil cambia, lo que tú compres, así lo registres a tu nombre o lo hayas pagado todo tú, igual le pertenecerá y corresponderá en 50% a tu cónyuge, eso es comunidad ganancial. Cuando la pareja se separa o divorcia, toda esta comunidad ganancial adquirida durante el matrimonio o unión libre debe dividirse en partes iguales.
2. ¿Qué pasa con los bienes comprados antes del matrimonio?
No ingresan a la comunidad ganancial. Los bienes que adquieres antes de cambiar de estado civil, de soltero a casado, son solo tuyos y no tienes la obligación de repartirlos en 50 y 50 con tu excónyuge. Es decir que tienes todo el derecho de decir que eso no se divide porque es tuyo y lo compraste antes de casarte. Solo se dividen aquellos bienes que han sido adquiridos dentro del matrimonio.
3. ¿Cómo se puede demostrar que un bien fue adquirido antes del matrimonio?
Se demuestra con los registros. Hay un principio en el derecho y en el cacho, lo que se ve se anota y cuando una persona adquiere un bien, por lo general se registra a nombre del propietario. Entonces, si antes de casarte compras un departamento y un auto, obviamente la fecha figura en el folio real del departamento o en el documento de compra y venta, en el mismo RUAT (Registro Único de Administraciones Tributarias), esas son pruebas para una división sin estos bienes.
4. ¿Qué pasa con los muebles, televisores y otros objetos que adquirió la expareja?
Al final son bienes, aunque no sujetos a registro, pero forman parte de la comunidad ganancial. El problema es qué corresponde a quién y esa suele ser una gran pelea, en muchos casos lo que se hace es una tasación o cotización para saber cuánto cuestan y a cuánto toca la repartición. Hay casos en los que se pelean hasta por las macetas porque, de igual forma, el principio es que debe ser en partes iguales.
5. Si las cuentas bancarias también están en la comunidad ganancial, ¿cuál es el proceso para la división?
El dinero también es un bien y el que se genera a partir de la apertura de una cuenta dentro del matrimonio es un bien ganancial e implica una división en caso de divorcio. Hay que tener la certeza de cuánto hay y seguir ciertas acciones para identificar estos aspectos.
Hay medidas precautorias que se pueden tomar en cuenta, por ejemplo, pedir el congelamiento de la cuenta si solo ella o él es titular, hasta que termine el proceso de divorcio y se ordene la división de la comunidad ganancial.
6. ¿Qué pasa con las deudas que se adquieren dentro del matrimonio?
No solo los bienes gananciales se dividen a mitades, sino también las obligaciones, porque a partir de que te casas asumes el 50 por ciento de las obligaciones del otro. Si sacaste un préstamo para comprar una casa mientras estuviste casado, aunque el crédito está a tu nombre o a su nombre, el otro asume el 50 por ciento de esta deuda en el divorcio, por eso es que la entidad bancaria exige requisitos que demuestren el estado civil del deudor.
7. En el caso de que el matrimonio haya tomado una vivienda en anticrético, ¿qué pasa con ese dinero en el divorcio?
Si el dinero del anticrético fue registrado en Derechos Reales, es decir, si cuenta con el registro de la notación preventiva, este monto sí puede ser considerado un bien ganancial.
8. ¿La repartición en 50% de los bienes gananciales es válida en caso de divorcio por infidelidad?
Sí, es válida, porque el adulterio no tiene una incidencia directa en los bienes gananciales o en la guarda del menor.
9. ¿Existe alguna figura legal o un acuerdo prenupcial que excluya la división de bienes en caso de divorcio?
Es una figura que no existe en nuestro país. Mucha gente intentó hacerlo, pero se declara nula porque no es una previsión contenida dentro de la legislación boliviana, que principalmente precautela el derecho de todas las personas a constituir una comunidad ganancial, porque aparte del amor se trata también de la creación de un patrimonio. El acuerdo prenupcial no está permitido en nuestro país.
Las personas interesadas en contactar al abogado Yerko Paz pueden contactarse al 79124463. El especialista también orienta a través de su página de Tik Tok: https://vm.tiktok.com/ZMLWEDUEV/
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