Por Lucía Aliaga Chávez para Guardiana (Bolivia)
El 30 de marzo se recuerda el Día de la Trabajadora del Hogar Boliviano, pero no sólo en el país, sino también a nivel internacional. Y, no lo dudes, es una buena fecha para recordar y reconocer los derechos que las y los empleadores deben respetar mediante el cumplimiento de la normativa que protege a quienes trabajan para ellos en sus casas. Y si estos no se cumplen, pueden acudir a la Federación Nacional de Trabajadoras Asalariadas del Hogar de Bolivia (FENATRAHOB), donde recibirán asesoramiento.
María Pariqui, ejecutiva nacional de FENATRAHOB, le dijo a Guardiana que es importante que la sociedad conozca los derechos de las trabajadoras del hogar, porque suelen desvalorizar su trabajo. “Limpiamos, lavamos y llegan ellos sólo a ver su casa, cómo están sus hijos. Hasta de maestras tenemos que hacer y ver las tareas de los hijos de otros que cuidamos".
La normativa que protege a las trabajadoras de hogar
En Bolivia existe normativa que protege a las trabajadoras del hogar y el abogado laboralista Marco Antonio Dick la enumera:
- La Ley General del Trabajo del 8 de diciembre de 1942 tiene un capítulo específico en el que se menciona la normativa que protege a quienes hoy son reconocidos como trabajadores y trabajadoras asalariadas del hogar.
- La Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar, del 9 de abril de 2003, abarca aquellos detalles que deben ser incluidos en las contrataciones de trabajadoras del hogar.
- El Decreto Supremo N° 28655, del 25 de marzo de 2006, es el que declara el 30 de marzo como día de las trabajadoras del hogar, razón por la cual gozarán de un día de tolerancia remunerada en el trabajo.
- La Resolución Ministerial N°218/14 del 28 de marzo del 2014 establece la obligatoriedad de suscribir un contrato de trabajo entre empleador y trabajadora del hogar.
- El Decreto Supremo N°4589, del 28 de septiembre de 2021, abarca la afiliación de las trabajadoras o trabajadores asalariados del hogar en la Caja Nacional de Salud.
El seguro de salud para las trabajadoras del hogar
Pariqui explicó que es importante hacer hincapié en la necesidad de que las trabajadoras del hogar tengan el seguro de salud. “Los empleadores no tienen mucho conocimiento sobre el seguro, que nos beneficia a nosotras. Por ejemplo si una trabajadora se accidenta en su fuente laboral, el seguro cubre los gastos y así el empleador no hará ese gasto como era antes".
Los requisitos para conseguir la afiliación a la Caja Nacional de Salud para obtener el seguro correspondiente son los siguientes:
- Presentar el contrato entre empleador y trabajadora del hogar o documento que respalde el vínculo laboral existente.
- Cumplir los requisitos que pide la Caja Nacional de Salud, que incluyen: certificado de nacimiento, cédula de identidad, Informe AVC - 04, “Aviso de Afiliación o reingreso del/la trabajador/a, Formulario AVC-04 aviso de afiliación o reingreso del trabajador (llenado y firmado por el empleador – no llenar casilla N°4) costo Bs 3 y Formulario AVC-05 Carnet de asegurado (sin llenar), con un costo de Bs 2.50.
Violencia económica por parte de quien emplea a la trabajadora
Como nos explica el abogado Dick, el procedimiento legal es el mismo que el que se aplica para otros trabajos. Ahora está vigente la Ley 1468 del 30 de septiembre de 2022, que sirve para la restitución de los derechos laborales, entre los que están la estabilidad laboral en caso de despido injustificado, la inamovilidad laboral, el cumplimiento del fuero sindical y otros.
En el caso de que los empleadores vulneren uno de los derechos, los trabajadores y trabajadoras del hogar pueden acudir al Ministerio de Trabajo para realizar la denuncia correspondiente, la misma que seguirá el trámite respectivo hasta que un juez se pronuncie con base en evidencias.
Y la Federación Nacional de Trabajadoras Asalariadas del Hogar de Bolivia también cuenta con asesores legales para hacer cumplir los contratos entre quien emplea y quien trabaja.
María Pariqui Nuñez explicó que precisamente frente a denuncias de todo tipo, incluidas las económicas como de discriminación y acoso, la Federación se encarga de hacer cumplir las obligaciones que tienen los empleadores con las trabajadoras. En la ciudad de La Paz, se encuentra en la calle San Salvador, al frente de la Unidad Educativa República de Panamá (Miraflores).
¿Qué debe cumplir un empleador al contratar a una trabajadora de hogar?
Un empleador debe cumplir la normativa mencionada. Te recordamos lo más importante a tomar en cuenta para que tomes nota:
- La o el empleador debe firmar un contrato por escrito con la trabajadora del hogar.
- En los contratos por tiempo indeterminado, el despido sólo puede efectuarse con previo aviso de 15 días o una indemnización equivalente al salario de ese periodo, salvo que el despido sea por hurto, robo, inmoralidad, enfermedad contagiosa, etc. Las nueve causales de despidos por los que una persona no recibirá desahucio ni indemnización figuran también en la ley y puedes encontrarlas AQUÍ.
- Quien emplea debe saber que la trabajadora del hogar debe trabajar sólo ocho horas al día si es que vive fuera de la casa de quien la ha contratado, pero si vive en esta, puede trabajar hasta 10 horas sin reclamar pago extraordinario.
- Ojo, el tiempo destinado para la alimentación no forma parte de la jornada laboral.
- En caso de que el trabajador o trabajadora del hogar haya permanecido por más de un año en el mismo establecimiento y con el mismo empleador, tiene derecho a una vacación remunerada de hasta 10 días.
- La trabajadora del hogar debe ser afiliada a la Caja Nacional de Salud para contar con un seguro. Esto deberá ocurrir una vez que la misma cumpla con los primeros tres meses de trabajo.
- Todo trabajadora asalariado de hogar tiene derecho a un día de descanso que puede ser acordado por ambas partes. Además de cumplir con el descanso los días que sean feriado y el 30 de marzo, día que fue establecido para las y los trabajadores de hogar.
- Por las horas completas de trabajo, el salario debería ser de Bs 2250, qué es el salario mínimo nacional. El trabajo por medio tiempo será la mitad del salario mínimo nacional y para los trabajos que sean de algunos días específicos se puede calcular tomando en cuenta el salario mínimo nacional y dividirlo entre las horas trabajadas.
- Las horas extras serán remuneradas de acuerdo a la Ley General del trabajo que indica que las horas extraordinarias y los días feriados se pagarán con el 100 por ciento de recargo.
- La trabajadora del hogar deberá recibir su aguinaldo a fin de año.
- Y, ojo, si se quedará a dormir en la casa del empleador o empleadora, deberán proporcionarle una habitación adecuada e higiénica con acceso a baño y ducha.
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