Por la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia
Martes 28 de mayo de 2024.- La Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) y la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) expresamos plena solidaridad con nuestra colega Carolina Ulloa, quien ha denunciado haber sido víctima de violencia física y psicológica durante años por parte de su expareja, Gonzalo A.V.M.
La violencia sufrida por nuestra colega no sólo constituye una grave violación a los derechos humanos, sino que también representa un atentado contra la integridad y dignidad de una profesional dedicada a informar y servir a la sociedad. La violencia contra las mujeres, en cualquier forma, es inaceptable y debe ser sancionada con la mayor drasticidad.
Al amparo de la impunidad de la justicia, ahora Gonzalo A.V.M. pretende obtener la tenencia de la hija de cuatro años que procrearon durante su matrimonio, nuevamente con ayuda de operadores de justicia inescrupulosos que, pese a los graves hechos de violencia familiar, le otorgaron el derecho de visitas no supervisadas a la menor, contó nuestra colega.
Tras las constantes agresiones, las autoridades le otorgaron medidas de protección para ella y su familia. La fiscal de materia Yolanda Tania Alfaro instruyó: “Se prohíbe al agresor comunicarse, intimidar o molestar por cualquier medio o a través de terceras personas a la mujer que se encuentra en situación de violencia, así como a cualquier integrante de su familia”.
Sin embargo, la jueza Karen Romero Ibáñez, del Juzgado Público de Familia Primero de la zona Sur, dictaminó: “Las medidas de protección precitadas han sido dispuestas a favor de la demandada, medidas que no involucran a la menor”.
Además, Gonzalo A.V.M. interpuso un recurso para anular la imputación formal por violencia. Este miércoles 29 de mayo, un juez decidirá si procede anular la acusación.
Exigimos la inmediata intervención de las autoridades jurisdiccionales, así como de la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público, a fin de reconducir el proceso judicial y tomar las medidas contra el agresor, según establece la Ley 348 y demás normas que protegen a las mujeres contra las acciones de violencia, e instruyen las sanciones penales por estos hechos inadmisibles.
Asimismo, pedimos que se tomen todas las medidas de protección a la vida, integridad y seguridad de Carolina, su pequeña hija y sus familiares, ante cualquier acción que se pretenda ejercer con ellas.
Ejerciendo el derecho constitucional del control social, la APLP y la ANPB realizarán el seguimiento a este caso para que los operadores de justicia actúen en derecho y cumplan las normas que corresponden para defender a las víctimas y sancionar los graves hechos de violencia denunciados.
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