Por Miriam Jemio, La Paz (Bolivia)
En lo que va de 2019, se han producido 73 feminicidios en Bolivia. Año que pasa, los asesinatos aumentan. Quienes conocen del tema han indicado que el problema central es que la Ley 348 aprobada en 2013 y su reglamento no se cumplen. No hay suficientes recursos humanos capacitados ni recursos económicos, y tampoco voluntad política suficiente. Algunas voces solicitaron que se declare alerta. El Gobierno decidió este lunes después de una reunión de cuatro horas del Gabinete de la Mujer encabezado por el presidente Evo Morales, declarar a la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes en Bolivia de “prioridad nacional” y lanzó un Plan de Emergencia y Urgencia que incluye 10 pactos y 22 acciones específicas.
Los 10 pactos están orientados tanto a los diferentes órganos del Estado como a los distintos niveles de gobierno en Bolivia en los que no necesariamente tiene control el MAS porque están en manos de partidos de la oposición. El pacto incluye a todos ellos y también a organizaciones sociales, empresas, sistema educativo, medios de información, familias y a la sociedad en su conjunto. Tanto en el detalle de los mismos como en los anuncios del Presidente, el contenido está orientado hacia el cumplimiento de la Ley 348 y su reglamento, que no solo buscan proteger a las mujeres de la violencia, sino a todas las personas.
"Hermanas y hermanos, todo este plan -dijo Morales al terminar el gabinete reunido en La Paz- es para tener presente cómo todos podemos enfrentar conjuntamente este mal que hace daño a la humanidad, especialmente a las hermanas".
En la Ley 348, aprobada en 2013 para garantizar a las mujeres (y a todas las personas) una vida libre de violencia, se incluyó en el artículo 3 que indica que “el Estado Plurinacional de Bolivia asume como prioridad la erradicación de la violencia hacia las mujeres, por ser una de las formas más extremas de discriminación en razón de género”. Para tal efecto, por ley todas las instituciones públicas deben adoptar medidas y políticas necesarias, “asignando los recursos económicos y humanos suficientes con carácter obligatorio”. Y las gobernaciones y municipios deberán asignar el personal y el dinero a la implementación de políticas, programas y proyectos destinados a erradicar todas las formas de violencia hacia las mujeres.
Con respecto a la alerta solicitada por algunas organizaciones, la directora del Servicio Plurinacional de la Mujer, Tania Sánchez, dijo que si las medidas asumidas este lunes no dan resultado, entonces se analizará la posibilidad de lanzar la alerta.
UN CRIMEN DE LESA HUMANIDAD
El punto 10 del Plan de Emergencia contempla la necesidad de hacer un "pacto para estudiar la posibilidad de considerar el feminicidio como un (delito) de extrema gravedad y lesa humanidad y plantear un tratado internacional sobre el feminicidio". Hay que recordar que el crimen de lesa humanidad o contra la humanidad figura en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
MODIFICACIONES EN DOS DECRETOS
Morales informó que junto al plan que "declara prioridad nacional a la lucha contra el feminicidio y la violencia hacia a la mujeres, niñas y adolescentes", aprobó dos decretos que modifican otras dos normas con el fin de fortalecer esa lucha.
Una de las normas modificadas es el Decreto 1347, del 10 de septiembre de 2012, que tiene el “objetivo de implementar medidas de concientización y prevención que promuevan la existencia armónica y pacífica de las familias bolivianas a través de jornadas de sensibilización por parte de gobiernos autónomos municipales y gobiernos indígenas", dijo Morales, quien anunció que la próxima semana de conocerá “una gran movilización a nivel nacional e internacional para de esta forma concienciar y sensibilizar".
Al respecto, en la Ley 348 ya se contempla desde 2013 la necesidad de que el Gobierno dé prioridad a las campañas contra la violencia en la misma dimensión que otras campañas. El artículo 22 obliga al Ministerio de Comunicación a diseñar e implementar una estrategia nacional de comunicación que incluya campañas en medios masivos, "dirigida a informar y sensibilizar sobre las causas, formas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, así como a desestructurar estereotipos patriarcales de subordinación". Para tal efecto, deberá destinar "los mismos recursos que asigna a la publicidad sobre temas estratégicos para el desarrollo nacional".
El otro decreto modificado establece la formación "obligatoria en prevención de la violencia en el Estado a los servidores públicos", que está establecido en el punto quinto del decálogo.
Recursos económicos
Uno de los pactos establece la asignación de un porcentaje del presupuesto de seguridad ciudadana a la lucha contra la violencia hacia a la mujer para prevenir tal mal desde el sistema educativo, con la participación de madres, padres de familia y maestros.
En realidad, tal asignación ya existe en el reglamento de la Ley 348. Por ejemplo, en el artículo 13 se indica que las gobernaciones deben usar el 30 por ciento del total de los recursos del IDH de seguridad ciudadana, para la construcción y equipamiento de las casas de acogida y refugios temporales, para mujeres en situación de violencia y sus dependientes, durante la primera gestión fiscal siguiente a la publicación del presente Decreto Supremo. II. A partir del segundo año, los Gobiernos Autónomos Departamentales, utilizarán el diez por ciento (10%) del total de los recursos del IDH de seguridad ciudadana, para mantenimiento y atención en las casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia y sus dependientes, a través de la provisión de personal y gastos de funcionamiento."
"III. Del total de los recursos del IDH de seguridad ciudadana -dice el reglamento de la Ley 348- para la primera gestión fiscal siguiente a la publicación del presente Decreto Supremo, los Gobiernos Autónomos Municipales utilizarán para los Servicios Legales Integrales Municipales, el veinticinco por ciento (25%) aquellos con una población mayor a cincuenta mil (50.000) habitantes, y treinta por ciento (30%) los que tengan una población menor a cincuenta mil (50.000) habitantes, a objeto de financiar infraestructura, equipamiento, mantenimiento y atención a través de la provisión de personal y gastos de funcionamiento. IV. A partir del segundo año, los gobiernos autónomos municipales utilizarán el diez por ciento (10%) del total de los recursos del IDH de Seguridad Ciudadana, para mantenimiento y atención en los Servicios Legales Integrales Mu- 1015 nicipales para mujeres en situación de violencia y sus dependientes, a través de la provisión de personal y gastos de funcionamiento. V. Del total de los recursos asignados a seguridad ciudadana por las entidades territoriales autónomas, la Policía Boliviana solicitará a éstas como mínimo el cinco por ciento (5%) para el fortalecimiento de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia – FELCV y cumplir con las funciones establecidas en la Ley N° 348".
En todo caso, este tema será analizado por una comisión técnica en las próximas semanas.
MEDIDAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS
Tania Sánchez, directora del Servicio Plurinacional de la Mujer, informó que se establecieron cinco medidas para implementar el plan, una de ellas consiste en que el día 25 de cada mes se tomarán acciones de difusión y prevención para promover la igualdad de género en todas las unidades educativas .
Con el fin de eliminar la impunidad y acelerar el acceso a la justicia para las mujeres, punto 3 del Plan, Sánchez explicó que mediante una ley corta se conformará una comisión conformada por los órganos del Estado para que haga seguimiento y de ser necesario auditorías jurídicas a los casos de feminicidios pendientes y también se den prioridad a los casos de violencia sexual.
“Se convocará -anunció Sánchez- al Órgano Judicial y al Ministerio Público para que se comprometan a que, hasta diciembre, se resuelvan todos los casos de feminicidios pendientes y se prioricen los casos de violencia sexual para eliminar la impunidad en el sistema de justicia”.
Según la Directora del Servicio Plurinacional de la Mujer, el 40 por ciento de los 647 feminicidios ocurridos desde la implementación de la Ley 348 han sido atendidos por la justicia y 288 están en proceso. “En cada departamento, la comisión se reunirá con las familias de las víctimas de feminicidio cuyos procesos estén retardados para dar celeridad”.
Decálogo del Plan de Emergencia y Urgencia
1.- Pacto para que una parte del Presupuesto de Seguridad Ciudadana se destine para la lucha contra la violencia a la mujer, niña y adolescente.
2.- Pacto para prevenir la violencia desde el sistema educativo.
3.- Pacto para eliminar la impunidad y acelerar el acceso a la justicia para las mujeres.
4.- Pacto con las familias para promover una cultura con valores.
5.- Pacto para enfrentar la violencia desde todas las instancias de niveles del Gobierno, cada servidor público debe entender la problemática de la violencia.
6.- Pacto para comunicar y desnaturalizar la violencia contra las mujeres y la niñez para avanzar en la construcción de una cultura de la ‘no violencia’.
7.- Pacto con los municipios y gobernaciones para mejorar y fortalecer los servicios de atención y protección a las mujeres y a la niñez que viven situaciones de violencia, para dar respuestas oportunas a las víctimas y prevenir la violencia.
8.- Pacto con las empresas privadas para combatir las violencias al interior de las mismas y generar un clima empresarial libre de violencia hacia las mujeres.
9.- Pacto con las organizaciones sociales para que se constituyan en promotoras y vigilantes de la lucha contra la violencia, desde los barrios, comunidades y espacios laborales.
10.- Pacto para estudiar la posibilidad de considerar el feminicidio como un (delito) de extrema gravedad y lesa humanidad y plantear un tratado internacional sobre el feminicidio.
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