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Cinco problemas ponen trabas a la lucha contra el cibercrimen en Bolivia

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Carlos Tellería para Guardiana (Bolivia); foto de pandasecurity

Lunes 22 de febrero de 2021.- El combate contra los delitos informáticos en Bolivia tropieza al menos con cinco problemas que le restan eficacia: la falta de acceso a la información, la deficiencia en la capacitación de las autoridades, la debilidad de la legislación nacional, la falta de cooperación internacional y la carencia de personal policial especializado.

Este cuadro de situación fue pintado el pasado viernes durante la presentación del Diagnóstico de la Ciberdelincuencia en Bolivia, una investigación que la Fundación Construir y otras organizaciones de la sociedad civil encargaron al abogado Fabián Espinoza, que trabajó con datos obtenidos del periodo comprendido entre enero de 2013 y enero de 2017.

Espinoza llevó adelante una serie de acciones para sistematizar la información que permitiera establecer un punto de partida para ver hacia dónde va el país en este tema, identificar las falencias del sistema, socializar los resultados y proyectar los retos futuros.

En 2106, la Organización de Estados Americanos presentó un reporte sobre la madurez de la ciberseguridad y Bolivia alcanzó un puntaje de dos sobre cinco, siendo cinco el puntaje que representa mayor seguridad. En 2020 hubo otra medición, y el país subió a 2,8.

¿Qué es la ciberdelincuencia? Es una acción delictiva que realiza una persona con la utilización de un medio informático, lesionando los derechos del titular de un elemento informático, se trate de máquinas (hardware) o de programas (software).

Dr. Carlos Chinchilla Sandí, juez de Casación en Costa Rica, citado por Espinoza
Poca información disponible

El abogado e investigador Fabián Espinoza buscó información en el Órgano Judicial, el Ministerio Público y tres ministerios del Órgano Ejecutivo. En el Órgano Judicial tropezó con varios problemas, que van desde el acceso nulo o hermetismo (como fue el caso del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz), hasta informaciones sesgadas o incompletas que impidieron obtener datos más certeros. Incluso logró recabar casos curiosos, como los hallados en Uncía y Sacaca, en el departamento de Potosí.

Desde Uncía, la autoridad judicial a la que sus superiores le dieron información respondió en 2016 que no había casos que reportar y aprovechó la oportunidad para hacer notar que en las oficinas no se contaba con el servicio de internet como se puede ver en el siguiente informe.

Desde Sacaca, municipio al norte de Potosí, en 2016 llegó el reclamo por la ausencia de servicio de internet de dos operadoras privadas y la mala calidad de la ofrecida por la compañía estatal.

El análisis cualitativo de la investigación da cuenta de que la información provista no es muy consistente y no contempla un método de verificación. En la mayoría de los casos, la autoridad judicial derivó a la Secretaría del Juzgado la tarea de entregar los datos; otros juzgados solo respondieron que no tenían casos de delito informático y punto. En algunos tribunales de sentencia se indicó que solo se trabajaban casos de delitos con sentencias severas.

De la evaluación de las cifras en asientos judiciales se llega a establecer que el departamento de La Paz reportó la mayor cantidad de delitos informáticos (42) y Cochabamba ocupó el primer lugar en crímenes sobre todo vinculados a la violencia sexual (299).

Diagnóstico de la Ciberdelincuencia en Bolivia

Otro dato relevante es que el 96 por ciento de los juzgados  no tenían un mecanismo de ciberseguridad en sus sistemas y equipos de registro de procesos.

Dos delitos en el Código Penal

El investigador Espinoza recordó que en el Código Penal boliviano solo hay dos delitos tipificados como crímenes informáticos:

  • Artículo 363 bis. (Manipulación informática): El que con la intención de obtener un beneficio indebido para sí o un tercero, manipule un procesamiento o transferencia de datos informáticos que conduzca a un resultado incorrecto o evite un proceso tal cuyo resultado habría sido correcto, ocasionando de esta manera una transferencia patrimonial en perjuicio de tercero, será sancionado con reclusión de uno a cinco años y con multa de sesenta a doscientos días.
  • Artículo 363 ter. (Alteración, acceso y uso indebido de datos informáticos): El que sin estar autorizado se apodere, acceda, utilice, modifique, suprima o inutilice, datos almacenados en una computadora o en cualquier soporte informático, ocasionando perjuicio al titular de la información, será sancionado con prestación de trabajo hasta un año o multa hasta doscientos días.

Otra norma, el Código Niña, Niño y Adolescente, incorpora el delito de acoso cibernético que sanciona al autor del crimen con una sanción de cuatro a ocho años de prisión.

Aporte del Órgano Ejecutivo

Las pesquisas llegaron al Ministerio de Relaciones Exteriores, donde se recogió información acerca de los 10 pasos a seguir para que el Estado boliviano pueda adherirse al Convenio sobre la Ciberdelincuencia, un acuerdo alcanzado en el seno del Consejo de Europa en 2001. Es conocido también como el Convenio de Budapest.

Entre los requisitos se menciona la adecuación de la normativa interna al contenido de convenio, la presentación de una solicitud formal de adhesión para que los mecanismos internos del Consejo de Europa se encarguen de considerar el pedido.

En el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda se buscó información acerca de las facultades de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Transportes y Telecomunicaciones sobre procedimientos para solicitar datos personales a corporaciones informáticas en el extranjero, si esta repartición estatal tiene o no facultades para hacer requerimientos a dichas corporaciones y cuál es la instancia para hacerlo.

Las respuestas fueron puntuales y con tinte negativo: no existe un procedimiento, no se menciona esta atribución o facultad y no se tiene conocimiento de esa instancia estatal para requerir información.

El Ministerio de Gobierno entregó información sobre una estructura para perseguir delitos informáticos o crímenes vinculados a internet.

Los casos en el Ministerio Público

El Ministerio Público dio información puntual relacionada con delitos de acción penal que son parte de su competencia.

Un cuadro comparativo muestra que entre 2013 y 2017 atendió 7.808 casos. Se aclara que no se han descubierto organizaciones criminales ni se registraron ataques cibernéticos a plataformas digitales estatales y se detectaron 44 actividades de cibercrimen en redes sociales.

El acceso, una deuda pendiente

Las y los panelistas que comentaron el contenido del diagnóstico coinciden en que la investigación de delitos informáticos tiene vacíos importantes.

El ingeniero en Sistemas Esteban Lima dice que el acceso a la información es una deuda pendiente de parte de las instituciones porque los datos no están disponibles ni digitalizados. Agrega que los delitos informáticos no son considerados como crímenes, debido a la falta de cultura digital, y más bien se busca culpar al medio, es decir “satanizar a internet” y no a la persona.

El ingeniero Esteban Lima.

En su opinión, es necesario trabajar en la cultura digital de las autoridades judiciales para que no actúen como lo haría algún legislador que intentaría regular las redes sociales y no el delito que se podría cometer mediante internet.

Plantea avanzar hacia un gobierno abierto y que las autoridades e instituciones acepten que la información no es propiedad de ellas y deben transparentarlas.

El común denominador

La abogada boliviana Karina Medinaceli Díaz, doctora en Sociedad de la Información y del Conocimiento y Máster en Informática y Derecho, señala que el común denominador en el informe de Espinoza es la falta de acceso a información estadística y considera que esto obedece a que las instituciones públicas se creen propietarias de la información.

Recuerda que en 2005 fue promulgado el Decreto Supremo  28168 de Acceso a la Información, pero solo sirve para conocer las actividades del Órgano Ejecutivo. Para otras instancias estatales habría que recurrir al derecho a la petición reconocido por la Constitución Política del Estado.

Capacitación sobre ciberdelitos

La abogada paraguaya Maricarmen Sequeira, que trabaja en proyectos de derechos digitales, dice que en su país hay dificultades por la falta de conocimiento de las autoridades para proceder en ese tipo de casos.

Comenta que las capacitaciones en su país llegan a fiscales y policías, pero no a los jueces que desconocen los mecanismos tecnológicos y, por ello, pueden vulnerar los derechos fundamentales de la persona.

La abogada boliviana Karina Medinaceli coincide en en el tema de la capacitación sobre delitos informáticos y ciberseguridad, y sugiere capacitar a jueces, fiscales, policías, pero también a  la ciudadanía.

Normas y cooperación

Medinaceli reconoce que hay una deficiencia en la normativa boliviana y en el Código Penal, pero aclara que se hicieron esfuerzos reflejados en el trabajo de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic).

Para reforzar la lucha contra el cibercrimen, destaca la necesidad de adhesión a la Convención de Budapest o la aprobación de una ley específica para sancionar los delitos informáticos, o hacer modificaciones al Código Penal.

La abogada Karina Medinaceli.

Hay una serie de delitos relativamente nuevos que dañan a la sociedad y grupos vulnerables, señala la abogada, como el grooming (cuando un adulto se acerca a los menores de edad para ganarse su confianza y luego involucrarlos en actividades sexuales), sexting (envío de mensajes, fotos o videos de contenido sexual) o ransomware (secuestro de archivos para pedir rescate por ellos).

La Policía y sus propios problemas

La Policía también tiene dificultades para investigar delitos. El subteniente Edwin Franz Quiroz Choque, de la División de Cibercrimen de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), dice que las empresas de telecomunicaciones no colaboran en las pesquisas y que en la venta callejera de líneas telefónicas no se hace el registro o los compradores utilizan nombres falsos  y este es un impedimento para identificar a posibles delincuentes informáticos.

Solo en dos departamentos de Bolivia hay policías encargados de investigar el ciberdelito: La Paz y Santa Cruz.

En La Paz, hay 10 funcionarios policiales a cargo de las pesquisas, según Quiroz. La abogada Medinaceli sugiere que la institución policial disponga la creación de unidades contra delitos informáticos en todo el país.

La labor policial –explica Quiroz Choque– se realiza con ciberinteligencia y ciberpatrullajes mediante el monitoreo de redes sociales para verificar si la información que en ellas se distribuye es verdadera o falsa.

Los delitos identificados afectan más a la población de medianos y bajos recursos porque no tienen información sobre los riesgos, no solamente en cuanto al robo de información, sino también actos de acoso sexual y uso de identidad para cometer delitos en las redes sociales.

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