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El pasado 10 de mayo, el Gobierno anunció la entrada en vigencia del seguro para trabajadoras y trabajadores de la construcción sobre la base de la Ley 1155 promulgada en marzo de 2019. Para entender el trasfondo de esta normativa, es importante conocer la realidad del rubro de la construcción un poco más a detalle.

El primer punto a tomar en cuenta es que no existe información suficiente y actualizada sobre la cantidad de accidentes en la construcción en Bolivia. Cuando una persona busca dichos datos, se encuentra con el siguiente escenario:

  • Base de datos de la OIT: no existe información actualizada de Bolivia.
  • Base de datos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social: no existe información actualizada.
  • Base de datos del INE: información incompleta y no disponible desde el 2012.

En otros países, el rubro de la construcción presenta la tasa de accidentabilidad más alta comparada con otros rubros como el agrario y el de industria; sin embargo, esto puede cambiar conforme a la realidad cultural de cada país.

Como iniciativa positiva, desde el año 2014, el Gobierno impulsó normativa específica para intentar regular este aspecto de la seguridad y la salud en el rubro de la construcción, lo hizo promulgando la Ley 545 de seguridad en la construcción que establece las directrices mínimas que este sector debe aplicar para resguardar la integridad física de quienes trabajan en este sector económico, es más, en su artículo 34 establece que se deben “denunciar” los accidentes laborales a la autoridad competente.

Para hacer una denuncia de accidente laboral, se debe presentar los formularios al Ente Gestor de Salud, al Ministerio de Trabajo y a la AFP, entre algunas de las instancias.

La pregunta del millón: ¿Dónde está la estadística disponible de los accidentes ocurridos en la construcción si se cumple esta ley? Nada ni nadie debiera estar por encima de las leyes.

En febrero de 2019, frente a las frecuentes noticias de muertes por la construcción, se publicó en el periódico de Página 7 una nota que hacía referencia a la realidad de la construcción en Bolivia y se incluía testimonios de personal obrero, uno de esos testimonios relataba:

“En el área de la construcción cada mes hay víctimas, es común. 'Al mes tenemos unos cuatro muertos aproximadamente. Nadie dice nada de eso. Hay compañeros que trabajan sin experiencia alguna y los contratistas los reciben; van sin experiencia, una falseada y ya ‘está chau’, dice el secretario ejecutivo de la Federación Trabajadores de la Construcción de La Paz, Sixto Chura (45)”.

En abril del mismo año, en Construmarket.com afirmaron que el 70% de los accidentes laborales de Bolivia pertenecían a la construcción.

Sin embargo ante este escenario que fue denunciado públicamente y cubierto por varios medios de comunicación, se promulgó la Ley 1155 que, de alguna manera, genera una contradicción a todas las intenciones de lograr la protección de los trabajadores, porque en esta ley establece que el responsable de contratar el seguro contra accidentes es cada trabajador y trabajadora, y los empleadores de la construcción deberán controlar que éstos tengan el seguro vigente al empezar a trabajar.

La realidad es que el rubro de la construcción es uno de los más informales en Bolivia.

La contratación de un obrero para la construcción muy pocas veces es ejecutada con todas “las de la ley”, normalmente, incluso, los mismos obreros son cómplices de estas condiciones por no conocer sus derechos y obligaciones.

Si ustedes preguntan a un obrero ¿prefieres recibir tu sueldo completo o con descuentos? No es difícil saber cuál será la respuesta.

En el día a día, la cruda verdad es que no se suele informar a los obreros en qué consisten los descuentos y cómo quedan protegidos él o ella en caso de que sufrieran algún accidente, más si se le explica ahora el contexto de la enfermedad del Covid19.

En Bolivia la población en edad laboral, ocupada y que además está afiliada a un ente gestor de salud es muy poca en el rubro de la construcción, y ahí el vacío de información y de protección a los trabajadores y trabajadoras.

Ahora hago una pregunta más seria aún: ¿Y qué pasa cuando un obrero de la construcción se accidenta o muere?

Pues, literal, está en la conciencia del empleador qué cobertura le da.

La familia rara vez exige algo, normalmente se pacta con dinero u otras condiciones para que estos casos no salgan a la luz o, en su defecto, si el obrero cuenta con un seguro contra accidentes, podría cobrar la prima por incapacidad o muerte si aplica, es decir que en el mejor escenario podría recibir hasta diez mil dólares por su vida.

La buena noticia, aunque en el trasfondo no es tan buena, es que el Gobierno exigirá que los trabajadores de la construcción adquieran un seguro SOAT-C que tendrá las siguientes características:

  • Costo por trabajador: 150 bolivianos.
  • Validez: 1 año.
  • Cobertura para atención por accidente: hasta 7000 bolivianos
  • Cobertura por muerte: hasta 70 mil bolivianos

Esta noticia aparentemente buena lo único que está haciendo es fomentar la informalidad de la contratación en el sector, dado que no está asignando la responsabilidad de la gestión de riesgos y protección que debe garantizar el empleador, establecido así en la Ley 16998. Para entrar en detalle normativo, hace falta que un experto en materia legal haga trazabilidad de todos los pasos que se han dado en este sentido y nos diga con precisión dónde se pretendía llegar exigiendo seguros contra accidentes a los trabajadores y no así obligando a los empleadores a que garanticen seguridad social a corto y largo plazo.

Porque seamos sinceros, si usted o alguien de su familia fuera trabajador de la construcción, adquiere este nuevo seguro y sabe que los riesgos de trabajar en la construcción pueden costarle incluso la vida… entonces:

  • ¿Estaría de acuerdo en que su vida valga 70.000 bolivianos?
  • Si sufre una caída de altura que lo deja parapléjico, ¿usted cree que con 7.000 bolivianos logrará cubrir toda la atención médica mínima y necesaria para la rehabilitación?

Esa cobertura exigida no vale lo que en realidad debe cubrir, ni garantiza que el tema de seguridad y salud en el trabajo pasen a un mejor escenario. Pues los riesgos en la construcción son importantes y pueden costar la vida de una persona.

Y lo más triste aún, el Gobierno central con una medida como esta en teoría “esperanzadora”, está yendo en contra de su propia normativa laboral que debería exigir que todos los trabajadores gocen de seguridad a corto y largo plazo.

Con este tipo de medidas además impulsará a que la informalidad del rubro de la construcción sea mucho más alta de lo que hoy ya es.

Para entender este dato, comparto un gráfico del portal de estadísticas Statista que indica precisamente la realidad de Bolivia en el tema de contratación laboral.

¿Aún creemos que el Seguro SOAT-C es lo que nuestros trabajadores necesitan y valen?

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