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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una visita in loco a Bolivia del 27 al 31 de marzo de 2023, la misma incluyó reuniones de diálogo, escucha y recepción de información con diversas autoridades del Estado; sectores de la sociedad boliviana y víctimas de violaciones de derechos humanos.

La CIDH estuvo presente en La Paz, Santa Cruz, Cochabamba y Sucre, en donde sostuvo más de 30 reuniones con autoridades estatales y 24 espacios de escucha con diversas organizaciones de la sociedad civil, personas defensoras y periodistas. Asimismo, se realizaron visitas de observación a los Centros de Orientación Femenina de Obrajes, Miraflores y la cárcel de máxima seguridad de San Pedro de Chonchocoro.

Al concluir la visita, se presentaron observaciones preliminares que destacaron los avances y desafíos en la Constitución de 2009 y temas de inclusión social; derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; discriminación estructural histórica; libertad de expresión; falta de acceso a la justicia; independencia judicial; y la situación de personas privadas de la libertad.

El objetivo de la visita de la delegación de la CIDH es la observación in situ de la situación de derechos humanos en Bolivia con énfasis especial en la institucionalidad democrática; los desafíos de acceso a la justicia y a las garantías judiciales; el acceso a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, y la discriminación con respecto a poblaciones en situación histórica de vulnerabilidad.

La Comisión aclara que el informe no tiene el objetivo de determinar responsabilidades individuales o estatales con respecto a casos específicos de posibles violaciones de derechos humanos, ni dilucidar hechos que están bajo investigación nacional o sometidos a conocimiento de instancias internacionales.

La CIDH presentó un informe que contiene sus observaciones y recomendaciones al Estado Boliviano en relación con:

De acuerdo al informe, en Bolivia, las reformas constitucionales han ampliado los derechos humanos y reconocido a los pueblos indígenas, pero enfrentan desafíos debido a la polarización social y la debilidad institucional. Se requieren acciones para promover el diálogo y el consenso, así como reformas judiciales que fortalezcan la independencia judicial y garanticen los derechos humanos.

Para la CIDH, es crucial abordar la polarización en Bolivia para entender y enfrentar los desafíos de los derechos humanos. La interpretación divergente de la crisis electoral de 2019 ha generado una profunda división en la sociedad. Líderes públicos tienen la responsabilidad de reducir estas brechas sociales.

A la par, es urgente que el Estado implemente cambios estructurales en el sistema judicial de Bolivia. Los avances en derechos humanos podrían verse amenazados si no se abordan los desafíos serios identificados en el informe. Existe una profunda desconfianza hacia el sistema judicial, especialmente el sistema penal, percibido por muchos como manipulado por intereses políticos.

  1. Establecer una mesa de diálogo nacional para promover visiones conjuntas, prevenir la polarización y garantizar la gobernabilidad democrática.
  2. Implementar una estrategia de fortalecimiento institucional centrada en el diálogo y la resolución pacífica de conflictos, con un enfoque intercultural.
  3. Revisar los procedimientos para el reconocimiento de autonomías indígenas para hacerlos más ágiles y eficaces.
  4. Finalizar el proceso de saneamiento y titulación de tierras de pueblos indígenas y campesinos.
  5. Garantizar el consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas en decisiones que les afecten.
  6. Implementar una política integral para prevenir y abordar la violencia de género.
  7. Capacitar al personal de salud sobre la interrupción legal del embarazo.
  8. Regular el uso de la objeción de conciencia en centros de salud.
  9. Adoptar una ley que garantice los derechos de las personas trans, no binarias y de género diverso.
  10. Establecer políticas para el manejo de sustancias tóxicas y la prevención de la contaminación ambiental.
  11. Implementar un plan de acceso al agua potable sin discriminación.
  12. Financiar adecuadamente los servicios de salud, considerando enfoques interculturales y de género.
  13. Crear un plan para reconstruir la confianza ciudadana en las instituciones estatales.
  14. Equiparar los procedimientos de juzgamiento de autoridades del Tribunal Supremo Electoral.
  15. Implementar medidas de protección para personas defensoras de derechos humanos.
  16. Realizar un censo nacional inclusivo.
  17. Promover el respeto a la labor periodística y garantizar la libertad de expresión.
  18. Adecuar el marco legal para proteger la libertad de expresión.
  19. Fomentar la autorregulación de los medios de comunicación.
  20. Garantizar el acceso a la información.
  21. Regular la distribución de la publicidad oficial.
  22. Promover el acceso universal a internet y la alfabetización digital.
  23. Investigar y sancionar el uso excesivo de la fuerza por agentes del orden.
  24. Desarrollar políticas de manejo de conflictos por parte de las fuerzas de seguridad.
  25. Diseñar un protocolo para el manejo de la protesta social.
  26. Fortalecer el sistema judicial mediante una reforma integral.
  27. Investigar y sancionar casos de violaciones a los derechos humanos.
  28. Reducir el hacinamiento en las cárceles y mejorar las condiciones de vida de las personas privadas de libertad.

Una visita in loco, o visita in situ, es un mecanismo de protección de derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, prevista en el artículo 39 de su Reglamento. La misma implica que alguno/as o todo/as lo/as comisionado/as se trasladan a un país en específico para monitorear la situación de derechos humanos y recabar información de primera mano sobre cómo el Estado está cumpliendo con sus obligaciones internacionales.

La delegación suele estar compuesta por personal de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH y puede incluir a lo/as relatores/as especiales. La CIDH sólo puede realizar una visita in loco si el país en cuestión le extiende una invitación.

Surge entonces la discusión con respecto a la obligatoriedad del documento, el artículo 38 del estatuto de la Corte Internacional de Justicia, que enumera las que se conocen como las fuentes del Derecho Internacional Público. De acuerdo con este artículo, las principales fuentes del derecho internacional son:

  • las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes
  • la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho
  • los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas

En este contexto es importante señalar que la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) es el instrumento principal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y un tratado internacional de obligatorio cumplimiento para Bolivia.

De acuerdo con el artículo 33 de la CADH, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la CIDH son los órganos competentes para conocer el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados. De igual forma, el artículo 44 señala que una de las funciones de la CIDH es “formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos”.

De esta manera, Bolivia como Estado que ratificó la CADH, debe adoptar todas las acciones necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de lo establecido en este tratado, incluyendo acatar las recomendaciones y observaciones de la CIDH.

A todo ello, debe sumarse el principio de pacta sunt servanda, según el cual los tratados deben ser cumplidos de buena fe por los Estados que los ratifican. Las recomendaciones de la CIDH están directamente relacionadas con las obligaciones internacionales de Bolivia de acuerdo con tratados como la CADH, en ese marco, bajo el principio de pacta sunt servanda se espera que Bolivia, como Estado miembro de la OEA y parte de la CADH, cumpla las recomendaciones que emite la CIDH.

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