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Por Guardiana (Bolivia), foto de la Defensoría del Pueblo

Miércoles 23 de abril de 2025.- El Tribunal Agroambiental determinó este miércoles ordenar que se pongan en marcha 12 medidas cautelares provisionales (que pueden ser modificadas) para proteger al jaguar y su hábitat, pero también a las y los defensores ambientales y sus familias.

Entre esas medidas están, por ejemplo, la ratificación de una pausa ecológica (aprobada en 2024) que ordena la suspensión inmediata de todas las autorizaciones de quemas emitidas por la ABT y la prohibición de nuevas autorizaciones "dada la urgencia ecológica y la necesidad de proteger el hábitat del jaguar y la biodiversidad en general, frente a la amenaza de incendios".

La pausa ecológica se extiende las actividades antrópicas extractivas en las áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas, con incidencia en el corredor biológico del jaguar.

Además, se ordenó la implementación de políticas de cero tolerancia al tráfico ilegal de especies silvestres en especial de colmillos, cráneos y pelos de jaguar.

Entre otras medidas están la elaboración de un Plan Nacional para la Conservación del Jaguar para el periodo (2025-2035) y la creación de un fondo con recursos nacionales e internacionales con el mismo fin.

También se plantean tareas para el Ministerio de Educación y se ordenó la actualización y refuerzo de contenidos y materiales relacionados con la conservación de la biodiversidad, el cambio climático y la contaminación.

Para las y los defensores ambientales y sus familias se ordenó a la Defensoría del Pueblo, al Tribunal Supremo de Justicia, a la Fiscalía y a tres ministerios del Ejecutivo asumir medidas para prevenir ataques e intimidaciones que pudieran sufrir, incluso con relación a su vida, su integridad personal y otros derechos.

Demanda atendida

El 4 de febrero de este 2025, la diputada María René Álvarez presentó una demanda de medidas cautelares ante el Tribunal Agroambiental. La iniciativa nació como denuncia de biocidio y tráfico de jaguares en el Área Natural de Manejo Integral (AMNI) San Matías, en el departamento de Santa Cruz.

La legisladora había pedido que se dicten medidas cautelares de prevención y restauración del hábitat de jaguares, para frenar la caza de este animal, según el diario El Deber.

El Tribunal Agroambiental, con sede en la ciudad de Sucre, aceptó la demanda y este miércoles 23 de abril se realizó la audiencia, que fue transmitida en vivo por las redes sociales. Después de mas de cinco horas, fue leída la resolución que será notificada formalmente el próximo 30 de abril.

LOS 12 PUNTOS DE LA RESOLUCIÓN

1.- Ordena a la Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Policía Boliviana, Ministerio de Justicia, Ministerio de Gobierno, Tribunal Supremo de Justicia y otras autoridades que en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de su notificación, dispongan medidas para prevenir ataques, amenazas o intimidaciones que pudieran sufrir los defensores ambientales y sus familias respecto a su vida, integridad personal, libertad de opinión, derecho a reunión y asociación pacífica.

Las personas reconocidas e identificadas como defensores de derechos humanos en asuntos ambientales en la presente causa en defensa del jaguar son:

1.- María René Álvarez Camacho (diputada)
2.- Marcos Henrique Uzquiano Howard (guardaparques) 
3.- Juan Carlos Camacho Terceros (abogado suscribiente de la demanda)
4.- Daniela Justiniano Núñez (activista ambiental representante de Alas Chiquitanas)
5.- Rodrigo Ernesto Herrera Sánchez  (abogado director del colectivo Justicia Ambiental)
6.- Lisa Mirella Corti (periodista ambiental, representante del colectivo El llanto del jaguar)
7.- Antonio Alberto Cajías Cueto (director de La voz de la naturaleza)
8.- Otros defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.

2.- Ordena a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General del Estado que, en el plazo máximo de 30 días hábiles, elabore un plan de acción nacional de reconocimiento, protección y promoción de los derechos de los defensores ambientales y sus familias.

3.- El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en coordinación con las gobernaciones, el Sernap, la ABT y los gobiernos Gobiernos Autónomos Indígenas Originarios Campesinos (GAIOC), cuyo territorio están en el corredor biológico cultural del jaguar, que correspondan, elabore e implemente, con participación de actores clave, planes de manejo participativos, disgregando por ecorregión, para mitigar los conflictos humano-vida silvestre, en un plazo de seis meses a partir de la notificación de la resolución.

4.- En el ámbito del principio de prevención ambiental, se exhorta a la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia que todo proceso de extradición relativo a los delitos que amenazan la biodiversidad o la integridad de especies protegidas se inicien y se tramiten con máxima celeridad y prioridad.

5.- El Ministerio de Medio Ambiente y Agua y oficinas gestione la conclusión, con base a informes técnicos y científicos, en seis meses, la actualización de la categoría de conservación del jaguar en el Libro Rojo de la fauna silvestre de vertebrados de Bolivia. Hoy está en la categoría es vulnerable.

6.- Se exhorta que la Asamblea Legislativa Plurinacional apruebe una ley para la creación de un fondo nacional de conservación del jaguarcon recursos provenientes de fuentes nacionales y de la cooperación internacional para mejorar las habilidades y competencias del personal que resguarda el medio ambiente.

7.- Se ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, al Ministerio de Obra Públicas y a la Dirección de Aeronáutica Civil implementar políticas de tolerancia cero al tráfico ilegal de vida silvestre, especialmente de colmillos, cráneos y pelo de jaguar, y poner énfasis en las rutas internacionales de mayor riesgo y las fronteras involucradas.

8.- Dispone que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en coordinación con las gobernaciones y las alcaldías y GAIOC elabore, refuerce y apruebe, en seis meses, el Plan Nacional para la Conservación del Jaguar con un horizonte a 10 años (2025-2035), con la participación pública en el proceso de toma de decisiones.

9.- Disponer la pausa ecológica por quemas y chaqueos en todo el territorio nacional, con base en el Decreto Supremo 5225 del 11 de septiembre del 2024. En consecuencia, se ratifica la suspensión inmediata de todas las autorizaciones de quemas emitidas por la ABT; se ratifica la prohibición inmediata de emisiones de nuevas autorizaciones de quema. Esta medida es de aplicación directa e inmediata, dada la urgencia ecológica y la necesidad de proteger el hábitat del jaguar y la biodiversidad en general, frente a la amenaza de incendios. Esta pausa ecológica se mantendrá vigente hasta una evaluación técnica integral realizada por autoridades competentes y supervisión del Tribunal Agroambiental.

10.- Disponer la pausa ecológica para actividades antrópicas extractivas en las áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas, con incidencia en el corredor biológico del jaguar y su conectividad.

11.- Se dispone que el Ministerio de Medio Ambiente, en coordinación con la Policía Forestal, el Ministerio Público y representantes de la comunidad científica elaboren e implementen, en un plazo de 120 días, a partir de la notificación con la presente resolución, una guía de actuación interinstitucional para el acceso y análisis científico de evidencia biológica decomisada.

12.- Se dispone que el Ministerio de Educación actualice y refuerce los contenidos curriculares y materiales educativos en todos los subsistemas pertinentes, incluida a formación de maestros, con respecto a las tres crisis mundiales y nacionales: la conservación de la biodiversidad, cambio climático, contaminación.

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