Por Viviana Ariñez, La Paz (Bolivia)
En Bolivia, las mujeres reciben rentas de jubilación más bajas que los hombres, tanto como beneficiarias directas como derechohabientes (personas cuyos derechos derivan de otras), debido a que a lo largo de la vida de trabajo activo tienen menos oportunidades que ellos y no tienen continuidad en sus fuentes de trabajo debido a que se encargan de sus hijos e hijas.
En promedio, una mujer recibe una renta de jubilación que llega a Bs2.771, frente a un hombre cuyo promedio es de Bs3.032, es decir Bs261 menos, según el estudio que realizó el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), sobre los jubilados del sistema de reparto.
En el mercado de trabajo, el hombre puede insertarse y tener cierta continuidad laboral e inclusive intercalar en diferentes instituciones; sin embargo, en la mujer aún juegan en Bolivia muy fuerte los roles de género tradicionales que la obligan a asumir casi todas las tareas del hogar sin remuneración económica alguna. Y si trabaja en algún lugar, igual debe combinar las actividades laborales con las domésticas.
A lo largo de su vida, las mujeres entran y salen del mercado de trabajo. La investigadora Giovanna Hurtado del Cedla hace notar que “la mujer empieza a trabajar, se casa, tiene los niños, deja de trabajar por cuidar a los niños, luego va insertándose de manera esporádica en el mundo laboral y esto da lugar a que a lo largo de los trabajos que tuvo no haya podido aportar de manera regular ni en un monto suficiente como para garantizarle una calidad de vida”.
En un importante porcentaje, los trabajos a los que las mujeres suelen acceder están en la escala más baja, de baja calificación y mercado informal, lo que no les da oportunidad de aportar a una jubilación.
Norah Sanabria (79), quien recibe una renta de derechohabiente, recuerda que estudió para maestra y trabajaba en el Magisterio hasta que se casó, “luego mi esposo me hizo dejar (el trabajo) y no he tenido la precaución de continuar, tal vez hubiera tenido mi jubilación. Cuando él falleció tuve que trabajar en lo que pude: en el comercio, entregando abarrotes a empresas mineras chicas como Avicaya y Estalsa”.
El Código de Seguridad Social de 1956, determinó que la renta de derechohabiente debía ser de solo el 40 por ciento del total que recibiría el esposo fallecido, pero los jubilados del sistema de reparto, luego de muchas luchas, lograron que el monto llegue al 80 por ciento. Por tanto, si un hombre recibía una pensión de jubilación de Bs3.031, su esposa derechohabiente solo accede a Bs2.682, es decir, Bs349 menos.
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