Texto y fotos de Esther Mamani para Guardiana (Bolivia)
Lunes 13 de junio de 2022.- La pena máxima por un feminicidio en Bolivia es de 30 años sin derecho a indulto, es decir 30 años de cárcel sin ningún tipo de recurso jurídico para salir. Pero si el agresor tiene menos de 18 años y asesina a una mujer, adolescente o niña, entonces la pena es de máximo seis años, así lo disponen las leyes bolivianas.
Los adolescentes que cometen delitos son juzgados con la normativa del Código Niño, Niña, Adolescente, pero eso para las familias de las mujeres asesinadas no es sinónimo de justicia. Así ocurrió con el feminicidio de Laura Daniela Corrales de 32 años en Cochabamba. Su concubino de 17 años fue el culpable y aunque fue privado de su libertad, para los familiares de Laura eso no es justicia.
“Amiga, hazme un favor, ¿no tienes un amigo periodista que esté por Cochabamba? Tengo unos líos con unos tipos de la cárcel que me están amenazando de muerte”, advirtió la joven en un audio que se difundió como prueba de las amenazas que ella sufría.
La familia de la víctima reclamó porque cuando Álex F.S. cumpla 23 años recuperará su libertad, mientras que Laura nunca más estará para su familia y en especial para sus dos hijos. Catorce puñaladas en su cuerpo demostraron la saña con la que fue atacada por su expareja. Él la arrojó en la ciclovía de la Laguna Alalay, Circuito Bolivia.
En La Paz, Abraham Colque Jiménez, responsable de Reinserción Social que trabaja con Régimen Penitenciario, explica que “antes (los menores) entraban por delitos vinculados a robo, lesiones graves, gravísimas, pero ahora uno de los delitos que genera más población en los centros juveniles es el de la violencia sexual y dentro de ese están los feminicidios”.
Existen otros 80 centros de rehabilitación para adolescentes con problemas de adicción en el país. En tanto no se tenga una sentencia, los menores de edad solo pueden estar 45 días en detención preventiva. El pedido de modificación a las penas impartidas a menores de edad se formalizó entre las más de mil propuestas de modificación de la Ley Integral para Garantizar a la Mujer una Vida Libre de Violencia (348).
Entre esas modificaciones se planteó revisar la Ley 348. Sin embargo, nada de eso se ha ha terminado de concretar, a pesar de que en y de momento quedó en declaraciones de autoridades del Ejecutivo. Para las familias víctimas de feminicidios en manos de menores de edad no es un asunto sin importancia, es un tema de justicia; algo que sienten que no se cumple con los seis años que se aplica para estos adolescentes.
El 26 de noviembre de 2020 fue aprobado el Decreto Supremo 4399, que instruyó al Ministerio de Justicia trabajar de forma participativa en un proyecto de modificación de la Ley 348. Un año después, el 25 de noviembre de 2021, Miriam Huacani, viceministra de Igualdad de Oportunidades entonces, dependiente del Ministerio de Justicia, informó a Guardiana que en ese momento se realizaba una revisión interministerial sobre las propuestas y los consensos alcanzados para los cambios en la Ley 348 en las reuniones con las organizaciones de la sociedad civil e instituciones involucradas en la lucha contra la violencia. Sin embargo, han pasado desde entonces casi siete meses sin que se haya aprobado tales cambios en la Asamblea Legislativa.
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Al pie de la letra
El artículo 267 del Código del Niño indica que pueden recibir condena por delitos los adolescentes desde los 14 hasta los 18 años. Al ser declarado culpable el adolescente condenado sólo podrá permanecer hasta sus 24 años con la sanción de privación de libertad. Para delitos cuya pena máxima esté entre 15 y 30 años, la sanción deberá cumplirse en un centro especializado en privación de libertad.
Para delitos cuyo máximo castigo sea menor a 15 años se aplicarán medidas socio-educativas con restricción de libertad y en libertad. Los adolescentes menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal y sin perjuicio de la responsabilidad civil.
En caso de aprehensión o arresto, los adolescentes deben ser remitidos a la Instancia Técnica Departamental de Política Social. Las niñas y los niños en ningún caso pueden ser privados de libertad o procesados.
Qalahuma, un resabio de esperanza
Abraham Colque lleva ocho años trabajando en la rehabilitación de adolescentes que han cometido delitos. Muchas veces él y su equipo lo han logrado. Abraham cree en la reinserción de personas que afectaron a otras, pero aun siendo optimista reconoce una verdad triste de los últimos años: los delitos de menores de edad son cada vez mayores, aunque no se tienen estadísticas oficiales cuando se trata de menores de 17 años.
La Fiscalía departamental de Cochabamba, cuando se conoció el caso de Laura Corrales, envió un listado de las diferencias entre un feminicida mayor de 18 años y uno de menor edad. Al cumplir los seis años de reclusión estos adolescentes no llevarán un antecedente penal en el Rejap (Registro Judicial de Antecedentes Penales) y sólo quedará un registro interno en el Ministerio Público.
“Nada garantiza que él no va a reincidir”, reclamaron ante cámaras muchas veces los amigos y familiares de la mujer. Y así se reactivó el pedido de modificación al Código Penal. El Observatorio de Justicia de la Fundación Voces Libres siguió de cerca el caso y sus activistas fueron las primeras en plantear que se discuta la actual norma.
La Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) hace un monitoreo de bandas delincuenciales integradas por menores de edad. Estos casos no representan más del 10% del conteo de crímenes. El 2018 se desbarató una que tenía como líder a un adolescente de 14 años. Lo insólito es que el adolescente ya estaba detenido en el Centro Nueva Vida Santa Cruz.
Voluntad
“Dos ONG trabajan en el enfoque restaurativo dentro de Qalahuma: Proyecto Mundo y CVCS. El 2014 iniciamos con un proyecto piloto y régimen penitenciario generó los protocolos”, cuenta Lidia Machaca, trabajadora social y psicóloga.
Unos 320 jóvenes participan en diferentes talleres de formación. El objetivo es que la ocupación los aleje de pensamientos negativos. La responsable de Tareas de Educación con los centros penitenciarios asegura que no hay una obligación de que participen, no en alguna normativa, pero sí como integrantes del centro.
“No teníamos un trabajo formal con las terapias psicológicas y ahora estamos viendo que primero hay que trabajar la parte emocional. Por ejemplo, en un caso de violación se debe hacer un trabajo muy cuidadoso porque puede volver a violar a otra persona y ese proceso (de restauración) es un trabajo que dura años”.
Lidia Machaca, trabajadora social y psicóloga
“Hemos tenido la debilidad de que muchos jóvenes vuelven a cometer delitos y como institución quizá no hemos remitido los informes adecuados o se lo hizo solo de forma verbal. Ahora estamos haciéndolo de forma mucho más precisa y con documentos de alerta a autoridades judiciales”, confiesa la profesional.
El caso del joven Matusalén M. fue un punto de quiebre para los sistemas penitenciarios. A sus 22 años fue culpable de feminicidio y descuartizamiento, la víctima era una joven de 18 años. Pero él ya había sido parte de los reclusos de Qalahuma por matar a un menor de cuatro años cuando él era menor de edad. Eso le permitió quedar libre tras seis años de cárcel. Esto hizo mover las fichas y pensar en protocolos terapéuticos obligatorios.
Pero no todo son malas noticias. Uno de los logros en justicia restaurativa es ver a cinco jóvenes mujeres que fueron capacitadas con el centro de formación Manka y que hoy están reconstruyendo sus vidas. Ellas fueron privadas de su libertad por delitos en casos de robo.
El actual Protocolo de Atención Post Penitenciario indica que las entrevistas con los adolescentes que ingresan serán tantas como la profesional del campo determine y en esas entrevistas se pudo ver que ellas sentían arrepentimiento y deseo de cambiar sus vidas.
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