Por Carlos Tellería (Guardiana) y foto portada FCBC
Miércoles 16 de septiembre de 2020.- Organizaciones de pueblos indígenas, civiles o cualquier persona pueden iniciar una demanda ante la justicia boliviana para exigir el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Internacional para la Defensa de la Naturaleza (TIDN) que exige la anulación de 14 normas calificadas de incendiarias.
Y la normativa que debe ser anulada no es solo la abrogada este martes por la presidenta Jeanine Áñez: el Decreto Supremo 3973. Son 13 normas más entre leyes, decretos e incluso resoluciones denominadas por el TIDN "incendiarias".
Actualización: Desde San Ignacio de Velasco, en el departamento de Santa Cruz, zona afectada con la quema del bosque, Añez anunció la tarde de este martes la abrogación del DS 3973 y la declaratoria de emergencia nacional ante los incendios en esta región chiquitana.
De esas 14 normas, 11 fueron aprobadas durante el gobierno de casi 14 años de Evo Morales y las restantes tres en la gestión de Jeanine Áñez.
Sin embargo, el decreto 3973 abrogado es uno de los más extraños no solo porque autoriza el desmonte en el Beni, sino por cómo, incluso, fue aprobado. Al respecto, Guardiana publicó en su momento:
• Decreto Supremo 3973: Este decreto es de Modificación y Ampliación del Desmonte para actividades agropecuarias en tierras privadas y comunitarias. Fue aprobado el 9 de julio de 2019, en el Gobierno de Evo Morales.
Sobre este decreto, Guardiana publicó el año pasado que autoriza en los departamentos de Beni y Santa Cruz el desmonte para actividades agropecuarias en tierras privadas y comunitarias. Entonces, desde Santa Cruz recordaron la necesidad de que toda disposición tome en cuenta que Santa Cruz tiene desde hace 20 años un Plan de Uso de Suelos (PLUS), que establece que en la Chiquitanía los suelos no son aptos para lo agrícola, sino forestales y mucho más las zonas de Roboré, Tucavaca, San Matías y San José. Ya en julio de 2019, el DS 3973 del 9 de julio de 2019 no fue bien recibido.
En la web de Servindi, se escribió al respecto: "La sede de la Federación de Ganaderos del Beni (FEGABENI), en Trinidad, fue el lugar apropiado para que el presidente Evo Morales expida el Decreto Supremo 3973, que autoriza el desmonte en los bosques de los departamentos de Santa Cruz y Beni. Y es que dicha institución que representa y defiende la actividad ganadera en Beni es la directa beneficiaria de la norma promulgada el martes 9 de julio. El decreto modifica el capítulo 5 del Decreto 26075, promulgado el 2001, para permitir el desmonte, la tala y quema 'controlada' de los bosques para actividades agropecuarias. Los cambios tendrán un alcance en tierras privadas y comunitarias de acuerdo a la reglamentación vigente en las áreas clasificadas por el Plan de Uso de Suelo (PLUS)". Incluso pidieron que esto sea extendido a Pando y Beni.
¿Cuáles son las otras leyes, decretos y hasta resoluciones por anular?
• Ley N° 1098: Esta ley no tiene un nombre específico, pero tiene que ver con autorización de eventos de soya transgénica asociada a la producción de biodiesel. Su objetivo indica: "La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos, y Diésel Oíl, precautelando la seguridad alimentaria y energética con soberanía". Fue aprobada el 17 de septiembre de 2018, en el Gobierno de Evo Morales.
Ley N° 337: Esta norma es de apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques. Fue aprobada el 11 de enero de 2013, durante el Gobierno de Evo Morales.
Decreto Supremo 1578: Este decreto tiene que ver con la Ley N° 337 de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques. Fue aprobado el 7 de mayo de 2013 en la etapa de administración de Evo Morales.
Ley N° 502: Amplía los plazos establecidos en los numerales 1, 3 y 4 del artículo 8º de la Ley Nº 337, referentes a la suscripción al Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques. Asimismo se modifica dicha Ley en cuanto al ámbito de aplicación, que incluye a los beneficiarios de predios titulados por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), de predios en proceso de saneamiento o sin sanear en los que existan desmontes sin autorización. Esta ley fue aprobada el 26 de febrero de 2014 durante el Gobierno de Evo Morales.
Ley N° 739: Modifica las leyes N° 337 Y N° 502 de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques. Amplía nuevamente los plazos. Fue aprobada el 30 de septiembre de 2015 durante el Gobierno de Evo Morales.
Ley N° 952: Esta ley nuevamente amplía los plazos y es del 26 de mayo de 2017 y, por tanto, fue aprobada durante la administración de Evo Morales.
Ley N° 741: Esta normativa es de Autorización de Desmonte hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias. Fue aprobada el 29 de septiembre del 2015 durante el Gobierno de Evo Morales.
Ley N° 1171: Esta norma se llama Ley de Uso y Manejo Racional de Quemas y es del 25 de abril de 2019, mes en el que aún estaba al frente de Bolivia el Gobierno de Evo Morales.
Decreto Supremo 3874: Tiene que ver con el contenido de la Ley N° 1098 sobre autorización de eventos de soya transgénica asociada a la producción de biodiesel. Es del 18 de abril de 2019, mes en el que aún estaba al frente de Bolivia la administración de Evo Morales.
Ley Departamental 93/2019 (Beni) sobre la aprobación del Plan de Uso del Suelo del Beni. Esta ley fue sancionada por la Asamblea Departamental del Beni el 16 de octubre de 2019.
• Decretos supremos 4232 y 4238: Ambos autorizan al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización externa. El D.S. 4232 data del 7 de mayo de 2020 y el D.S. 4238 del 14 de mayo de 2020. Por tanto, ambos fueron aprobados por el Gobierno de transición de Jeanine Áñez.
La Resolución Administrativa 084/2020 del SENASAG que aprueba requisitos fitosanitarios para la importación de Eucalyptus spp. para ser implementados en plantaciones forestales. Aprobada este año.
El TIDN está convencido de que dichas normas, entre leyes, decretos y resoluciones, fueron aprovechadas por el agronegocio para la expansión de la frontera agrícola y que lo que hubo fue un ecocidio en la Chiquitanía y otras regiones del país, en el segundo semestre de 2019. El tribunal pidió que todo ese paquete, aprobado entre 2013 y 2020, fuera abrogado.
Los miembros del TIDN hicieron conocer el fallo el 20 de agosto en Quito (Ecuador), después de haber recibido testimonios y pruebas de dirigentes indígenas de los pueblos afectados, bomberos, activistas y autoridades sobre los sucesos del año pasado. Días después fue difundido el veredicto.
Puedes leer el veredicto final del caso Chiquitanía, Chaco y Amazonía vs. Estado Plurinacional de Bolivia difundido el 2 de septiembre de 2020.
Demanda contra ecocidas
El sociólogo Arturo Revollo, del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (Cejis), explicó a Guardiana que organizaciones bolivianas, pueblos indígenas y defensores de la naturaleza pueden pedir que se cumpla la sentencia, apoyadas en un marco jurídico boliviano vigente: la Ley 071 (Ley de la Madre Tierra) y la Constitución Política del Estado. Incluso, cualquier persona podría hacerlo.
Revollo explicó el proceso que se debe seguir para que una sentencia del TIDN llegue a manos de un Estado: el fallo es entregado, en este caso, a la Embajada de Bolivia en Ecuador. De allí pasa a conocimiento de los órganos Ejecutivo y Legislativo, y también del Tribunal Agroambiental.
Según Revollo, el papel impulsor del proceso legal en Bolivia podría ser liderado por la Organización Indígena Chiquitana (OICH) y la Organización de Mujeres de la Chiquitanía (OMCH), a las que se sumarían pueblos indígenas afectados por los incendios.
Además, comenta el sociólogo, instituciones como Cejis, Fundación Tierra, la Fundación para la Conservación del Bosque Chiquitano y otras pueden apoyar la iniciativa.
La vicepresidenta de la OMCH, Germinda Casupá, dijo que están a la espera de una convocatoria para coordinar las acciones a seguir.
Sentencia moral, no obligatoria
El sociólogo aclara que la sentencia tiene carácter ético, no es vinculante y de cumplimiento obligatorio; aunque los integrantes del tribunal tienen influencia internacional por su integridad moral.
Las acciones del TIDN están basadas en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, aún no reconocida por la Organización de las Naciones Unidas. Por esta razón –dice Revollo– tiene que haber una parte demandante, en este caso, los pueblos afectados.
Dos gobiernos responsables
Autoridades de los gobiernos de Morales y de Áñez, de las gobernaciones de Santa Cruz y de Beni, del Ministerio Público, del Órgano Judicial, entre otras están identificadas como responsables del ecocidio.
En la lista también están instituciones encargadas de la otorgación de tierras y de fiscalización de bosques y grupos empresariales ganaderos y agroindustriales.
La sentencia señala que los incendios afectaron a 36 territorios indígenas. Y los pueblos damnificados son el chiquitano, ayoreo, guaraní, guarayo (Santa Cruz), cayubaba, baures, sironó y araona (Beni).
El fuego devoró 6.4 millones de hectáreas, de las que el 65 por ciento se concentraban en Santa Cruz y el 29 por ciento en el Beni.
Tiquipaya, la cuna del tribunal
La idea de contar con un tribunal internacional nació en la Conferencia Mundial de la Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra. Este encuentro se realizó en el municipio cochabambino de Tiquipaya, en abril de 2010, durante el gobierno de Evo Morales.
En el documento de acuerdos, del 23 de abril de 2010, se lee: “… frente a la inexistencia de una instancia legal internacional que prevenga y sancione todos aquellos delitos y crímenes climáticos y ambientales que atenten contra los derechos de la Madre Tierra y la humanidad, demandamos la creación de un Tribunal Internacional de Justicia Climática y Ambiental que tenga la capacidad jurídica vinculante de prevenir, juzgar y sancionar a los Estados, las Empresas y personas que por acción u omisión contaminen y provoquen el cambio climático”.
Se insta “a los pueblos proponer y promover una profunda reforma de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para que todos sus Estados miembros cumplan las decisiones del Tribunal Internacional de Justicia Climática y Ambiental”.
Carretera por el Tipnis, un antecedente
En 2017, el tribunal recibió una denuncia de dirigentes del Territorio Indígena Parque Isiboro Sécure (Tipnis) sobre la construcción de una carretera por el parque.
Después de un año, una delegación del TIDN llegó hasta el lugar, pero tuvo problemas para transitar por la zona del Polígono Siete. Organizaciones campesinas y de cocaleros habían levantado un cerco.
El 15 de mayo de 2019 el tribunal hizo conocer la sentencia contra el Estado boliviano.
Revollo recuerda que el fallo pide básicamente parar las obras civiles en el tramo dos de la carretera y frenar el avance de cultivos de coca en el parque.
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