Por Carlos Tellería para Guardiana (Bolivia)
Miércoles 30 de marzo.- Hoy se recuerda el Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Asalariado del Hogar. Según la Ley 181 del 25 octubre de 2011, este sector laboral debería tener este 30 de marzo derecho a descanso durante toda la jornada laboral con el respectivo pago de haberes. Probablemente como no es domingo, de tal asueto muchas empleadoras y empleadores se olviden.
Y es que actualmente, la situación laboral de las trabajadoras del hogar es crítica en Bolivia, a tal punto que no solo están con menores posibilidades de conseguir fuentes de empleo, sino que las empleadoras buscan contratar a personas de 20 a 25 años que estén dispuestas a trabajar por un ingreso menor al establecido por ley. El salario mínimo nacional es de 2.164 bolivianos.
Senovia Chura Miranda, ejecutiva de Hacienda de la Federación Nacional de Trabajadoras Asalariadas del Hogar de Bolivia (Fenatrahob), le contó a Guardiana que durante la pandemia, las afiliadas a esa organización han denunciado retiros porque sus empleadores dicen que el dinero ya no les alcanza y que, además, la crisis económica ha obligado a las familias a repartirse las tareas antes realizadas por las trabajadoras del hogar.
Pero ahora que no hay empleo, no faltan las trabajadoras que aceptan el pago que las y los empleadores les ofrecen porque tienen que llevar el pan del día a casa.
Fenatrahob no tiene datos actualizados de despidos; pero recibe denuncias de personas que ya no tienen con qué ayudar a la economía de sus propios hogares y hay quienes deben pagar alquiler de vivienda. La propia Senovia Chura fue echada poco después del inicio de la pandemia en Bolivia, en marzo de 2010, porque sus empleadores temían que ella lleve el coronavirus a su fuente laboral. “Esta pandemia nos ha fregado a todas”, asegura.
Una de las más recientes conquistas es la afiliación de las trabajadoras y trabajadores del hogar a la Caja Nacional de Salud (CNS), que se inició en octubre de 2021.
Años para recuperar su dinero
Entre los procesos abiertos en contra de empleadores, está el que tiene que ver con deudas por dinero no pagado a las trabajadoras del hogar. Al respecto, el Ministerio de Trabajo realiza evaluaciones sobre las horas extraordinarias de trabajo, las tareas realizadas como la limpieza de la casa o departamento, lavado y planchado de ropa, cuidado de niñas y niños.
La dirigenta cuenta que cerca de 40 casos denunciados, sobre todo por incumplimiento de pagos, están en los tribunales de justicia laboral en La Paz. En algunos casos, las sentencias obligaron a las y los empleadores a pagar 30 mil, 40 mil o más a las trabajadoras denunciantes que reciben el apoyo de abogados que no cobran por esos servicios, gracias a gestiones de la Federación o de los sindicatos. Aclara que procesos judiciales pueden extenderse por años, entre siete y 10, depende de la complejidad del caso.
La Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar, promulgada el 9 de abril de 2003, fija las reglas del horario para las trabajadoras cama adentro y cama afuera.
- Artículo 11° (Jornada Laboral).-El trabajo asalariado del hogar está sujeto a la siguiente jornada de trabajo: Diez horas de trabajo efectivo para los(as) que habitan en el hogar donde prestan sus servicios, ocho horas diarias de trabajo efectivo para los(as) que no habitan en el lugar donde prestan su servicio. El tiempo destinado a la alimentación, no se computará en la jornada laboral; la jornada laboral de menores de edad está regulada por el Código Niño, Niña y Adolescente.
Con mejor suerte
Wendy es enfermera, pero por cuidar a su hija mayor tuvo que renunciar a su trabajo en horario nocturno. Así fue que decidió buscar un empleo a medio tiempo como trabajadora del hogar. Fue contratada por una familia de cinco miembros. Se ocupaba de la limpieza, la preparación del almuerzo y el lavado de platos y ocasionalmente ella y una adulta mayor iban de compras al mercado. Por cuatro horas de trabajo, recibía mil bolivianos.
La pandemia también la dejó sin su fuente de ingresos, pero al final tuvo mejor suerte que las trabajadoras hoy desempleadas. Ella se dedica al comercio.
Común denominador
Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) corrobora el estado de precariedad del empleo femenino por efecto de la pandemia. El documento “América Latina y Caribe: Políticas de igualdad de género y mercado de trabajo durante la pandemia”, difundido en marzo de 2022, indica que las mujeres son las más afectadas por la crisis.
- "El impacto más intenso entre las mujeres en la región se asocia, por un lado, a la mayor presencia femenina en sectores económicos fuertemente afectados por la crisis, como por ejemplo los de hotelería y restaurantes, y en otras actividades de servicios y del sector de hogares. Por otro lado, a la mayor incidencia de la informalidad entre las mujeres".
- "En sectores económicos altamente feminizados como, por ejemplo, el de trabajo doméstico, donde la presencia femenina es del 90 por ciento y la tasa de informalidad supera el 70 por ciento, la pérdida de empleos fue del 20,2 por ciento y la recuperación apenas del 1,7 por ciento (OIT, 2021e)".
Muchas causas
El abogado especializado en temas laborales, Jair Irahola Cabero, explicó a Guardiana que la mayoría de las denuncias que recibió fueron por despidos injustificados por difamaciones por hurto, causas relacionadas con la pandemia, pagos por debajo del salario mínimo, retención de documentos, falta de pago de sueldos en el tiempo acordado y otros.
Recuerda el caso de una trabajadora cama adentro, madre soltera, que fue despedida de manera intempestiva por el supuesto robo de unas joyas. Ella había dicho que solo quería cobrar por el mes que trabajó, pero fue tratada como una ladrona.
Hechas las pesquisas, se estableció que el empleador hacía lo mismo con otras extrabajadoras para evitar el pago de sueldos.
En este caso se presentó una demanda judicial para sentar precedente, contó Irahola. A fin de no pasar vergüenza porque le iban a entregar las notificaciones en su domicilio, el empleador buscó la forma de pagar antes de que concluyera el proceso.
Hay otras salidas
El abogado contó que estos problemas suelen ser solucionados mediante la negociación, la mediación, la conciliación institucional en el Ministerio de Trabajo. Son métodos alternativos de resolución de conflictos para obtener un resultado que beneficie no solo al empleador, sino también a las trabajadoras del hogar, por la inmediatez que implica.
“Pero no todos los casos se solucionan conciliando –dice Irahola–, gran porcentaje es derivado a la vía ordinaria, debido a la falta de tiempo de los funcionarios para ver un caso con la experticia que requiere, y esta falta de tiempo se debe a la sobrecarga de casos con los que tienen que lidiar los funcionarios públicos del Ministerio de Trabajo”.
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