Texto de Guardiana y caricatura de Javier Menchaca (Bolivia)
A medida que pasan los años, el traslado de los adultos mayores para el cobro mensual de sus rentas puede convertirse en un dolor de cabeza. Sí, sobre todo para los rentistas que deben usar un medio de transporte, ya sea particular o público, y peor aún si tienen que usar bastón o silla de ruedas para llegar al banco y poder cobrar.
Esta población recibe sus rentas a través del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) o sistema antiguo, como también se lo conoce. Estas personas aportaron para su jubilación a este sistema hasta abril de 1997. Después vino la época de las AFP y hoy, como ya se sabe, está en funcionamiento la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Senasir, precisamente para atender a esas personas, habilitó cuatro modalidades de pago de rentas para quienes viven lejos de los centros urbanos; no pueden trasladarse con facilidad en la ciudad donde viven; se encuentran en hogares o centros geriátricos o padecen alguna enfermedad que les impide salir de casa.
¿Cuáles son estas cuatro modalidades?
1. Abono en cuenta
Es la modalidad de pago que permite a los rentistas y/o derechohabientes (puede ser hijo o hija del rentista) recibir su renta en una caja de ahorros unipersonal, abierta en el Banco Unión S.A. Para esta modalidad, el beneficiario debe ir a las oficinas del Senasir para firmar el Formulario de Ingreso al Servicio de Abono en Cuenta. Lee AQUÍ los requisitos.
Requisitos
- Fotocopia y/o original de apertura de caja de ahorro en el Banco Unión S.A.
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del rentista
- Fotocopia simple de comprobante de pago del rentista
Aparte de estos requisitos que se exige para habilitar esta modalidad, me explicaron que también se debe realizar el control trimestral de vivencia (más abajo te explico qué trámites hay que hacer y cuáles son los requisitos).
2. Pago por hospitalización y/o impedimento
Para esta modalidad de pago, el Senasir emite el Formulario Único de Autorización de pago de Renta o Pensión Vitalicia - Anexo 15, autorizando el cobro a un familiar o un tercero (la forma de pago podrá ser habilitada hasta dos veces en una misma gestión). Este formulario lo encontrarás en la quinta hoja del documento que podrás ver si haces click AQUÍ.
Para este fin, me indicaron que “en cumplimiento de los requisitos establecidos, se procederá a la elaboración de un informe social por parte del servidor público designado por el Senasir”.
Para los beneficiarios que tengan alguna discapacidad que impida el cuidado de su persona, la administración de sus bienes, el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de obligaciones, se debe iniciar una Demanda de Declaración de Interdicción, en cumplimiento del Código de las Familias y del Proceso Familiar para que otra persona habilitada legalmente pueda hacer el cobro respectivo. Esta demanda puede ser presentada por algún pariente ante un Juzgado de Familia, con la firma de un abogado.
Requisitos para el pago en casos de hospitalización e impedimento:
- 2 fotocopias simples de la cédula de identidad del beneficiario y del solicitante
- 2 fotocopias simples del último comprobante de pago de renta y/o pensión vitalicia (para benemérito, viuda de benemérito o personaje notable).
Para los casos de hospitalización, adicionalmente se debe presentar la certificación o justificativo de internación otorgado por la oficina de Trabajo Social del centro hospitalario donde se encuentre el beneficiario (se debe presentar el documento original y una fotocopia).
3. Pago de renta a través de Poder Notarial o Poder Especial Consular (para rentistas en el exterior)
“En esta modalidad de pago de renta o pensión vitalicia, confiere facultades de representación a un tercero, a través de un Testimonio Notarial o Poder Especial Consular, con el objetivo de realizar el cobro del beneficio que corresponda, conforme establece la normativa vigente”, me explicaron en el Senasir.
En el Senasir se puede obtener un modelo del Poder Notarial para que una persona pueda cobrar la renta a nombre de un adulto mayor que le otorga dicho poder. Se encuentra disponible en el siguiente enlace (segunda página). Haz click AQUÍ.
“La validez del poder es hasta un máximo de doce (12) meses dentro del año, es decir de enero a diciembre o a partir del mes que hubiera sido presentado y concluye en diciembre de la misma gestión”.
Senasir
En este caso, si el interesado obtiene el poder en agosto, este documento tendrá validez hasta diciembre, no podrá valer para el siguiente año.
Para este tipo de casos es necesario hacer el control de vivencia, un requisito trimestral que una persona jubilada debe hacer para demostrar que sigue con vida y así evitar cobros irregulares. Para ello, debe acudir a las oficinas del Senasir para que la vean y le hagan firmar un documento o le tomen huellas dactilares.
Información incompleta en el Senasir
El hijo de una beneficiaria que hizo el trámite para obtener un Poder Notariado para el cobro de la jubilación y la renta dignidad de su madre, me contó que pagó 200 bolivianos por el trámite en la Notaría y otros 50 por una copia legalizada.
El problema es que en el Senasir no le informaron al hijo de la jubilada que si hacía el trámite para poder cobrar mensualmente a nombre de su madre con un poder, le darían sólo parte del dinero y no todo, es decir, no incluiría los 300 bolivianos de la renta dignidad, sólo la jubilación. Estos 300 bolivianos debe cobrarlos la beneficiaria en persona en el banco. Esto significaba que igual tendría que trasladar a su madre para hacer ese cobro. Cuando el hijo quiso dejar sin efecto ese poder porque ya no tenía sentido tenerlo porque igual su madre debía ir al banco, en la Notaría le dijeron que debía pagar 150 bolivianos.
4. Pago a domicilio
Es la modalidad de pago mediante la cual el Senasir efectúa el pago de la renta o pensión vitalicia en el domicilio del beneficiario adulto mayor. Acceden a este servicio los titulares, derechohabientes, beneméritos de la patria o viuda de benemérito que por problemas de salud se ven imposibilitados de asistir a los puntos de pago.
Para el efecto, los familiares deben llenar el formulario de solicitud del servicio de pago a domicilio, documento que está en el siguiente enlace: CLICK AQUÍ.
Requisitos
- Dos fotografías actuales a colores 4x4. En el formulario no menciona color de fondo.
- Certificado médico emitido por la entidad o institución aseguradora correspondiente que refiera que el beneficiario se ve imposibilitado de apersonarse al punto de pago.
- Croquis actualizado y detallado del domiciliario.
- Fotocopia simple de la cédula de identidad.
- Fotocopia simple del último comprobante de pago de renta y/o pensión de benemérito de la patria.
Una vez presentada esta documentación en oficinas del Senasir, allí se asigna un funcionario de la oficina de Trabajo Social para verificar la vivencia del beneficiario en su domicilio.
Cómo se debe hacer el control de vivencia
El control de vivencia es un requisito trimestral para las modalidades de pago abono en cuenta y con Poder Notarial. La vivencia es una prueba de que los asegurados, beneficiarios o derechohabientes que optaron por recibir sus pagos en cuentas bancarias o aquellos que dieron un poder continúan con vida. Es una garantía de que el dinero llegará a la persona correcta. Es un trámite que se puede realizar a través de una aplicación móvil o de manera presencial en las oficinas del Senasir.
“El control de vivencia puede ser de forma presencial, cuando el beneficiario se apersona a las oficinas del Senasir a nivel nacional; o virtual, conforme a los convenios interinstitucionales suscritos entre Senasir con la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo y entre el Senasir con la Cancillería; mediante las aplicaciones (APP) ‘Gestora Renta Dignidad – SIP’ y ‘El Consulado en tus Manos’”.
Senasir
Este control de vivencia puede ser:
- Vivencia Presencial, a través del recojo de comprobantes de pago de las rentas.
- Vivencia por aplicación digital, mediante el aplicativo de la Gestora Pública de la seguridad social de largo plazo.
- También es posible obtener un certificado de vivencia a través de una Notaría.
Los requisitos para habilitar el formulario de control de vivencia en el país pueden ser encontrados si haces click AQUÍ.
Aplicaciones para quienes viven fuera de Bolivia
Y éstas son las aplicaciones móviles para obtener el control de vivencia para rentistas que viven en el exterior del país.
Aplicación Gestora Renta Dignidad – SIP
- Descargar e instalar el sistema en el dispositivo móvil
- Ingresar a la aplicación y presionar la opción “control de vivencia”
- Introducir los datos personales que son requeridos en la pantalla y presionar en “consultar”
- Luego se hará el reconocimiento de tu rostro. Colocar el dispositivo frente al rostro.
- Validar el documento de identidad. Con ese paso, obtiene el certificado de control de vivencia.
Aplicación “El Consulado en tus manos” para rentistas en el exterior
- Descargar e instalar la aplicación en el dispositivo móvil.
- Ir a menú, en la parte superior izquierda.
- Buscar “acceso usuarios (vivencias)”.
- Llenar los datos que se pide, como número de carnet boliviano y contraseña que se entregó al momento del registro para control de vivencia en el exterior.
- Presionar enviar.
- Aceptar condiciones de vivencia establecidas en el país que resides.
- Presionar el botón que aparece abajo, a la derecha, para generar un certificado de vivencia.
- Luego llenar la información solicitada. Automáticamente aparecerá el periodo de vigencia.
- Tipo de residencia y dónde se hizo el registro. Luego presionar el botón de aceptar.
- Escribir el nombre del apoderado que hará su trámite en Bolivia, su número de carnet boliviano, ciudad en la que reside y su dirección.
- Presionar enviar y tomar foto. Colocar el dispositivo frente al rostro por 5 segundos.
- El sistema tomará dos fotos y las verificará con el reconocimiento facial. Si reconoce sin problemas, le aparecerá el mensaje “correcto”. Luego se debe hacer click en “entiendo”.
- El Consulado enviará automáticamente ese documento a la Cancillería de Bolivia.
Vivencia por Apostillado (emitida por notario competente en el exterior)
En los casos de beneficiarios que otorguen poder para el pago de la Renta o Pensión Vitalicia, sus apoderados deben presentar, según corresponda, los siguientes certificados de vivencia:
- Notarial, documento emitido por Notaría de Fe Pública.
- Vivencia digital, mediante el aplicativo de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
- En caso de no existir Notaría de Fe Pública en las localidades o provincias, deberá ser otorgado por el representante de la gobernación y/o gobiernos municipales, con huellas dactilares del poderdante (persona que da un poder a otra).
- En caso de radicar en el exterior, el apoderado debe presentar certificado de vivencia consular.
¿Qué pasa si el rentista está internado en un hogar o asilo?
En el Senasir me explicaron que para este caso, el familiar o la persona responsable puede solicitar las siguientes modalidades de pago:
- Pago a domicilio. Se considera que el hogar de acogida es el domicilio del beneficiario.
- Poder notarial, mediante la obtención de un poder y la habilitación del Formulario de Control de Vivencia.
¿Cómo se hace el control de vivencia si el rentista vive en provincia o una zona alejada?
En las modalidades de pago por abono en cuenta y poder notarial, toda persona que vive en provincia puede realizar el control de vivencia de forma presencial, acudiendo a las oficinas del Senasir a nivel nacional o mediante la presentación del Certificado de Vivencia Notarial o Vivencia emitida por Autoridad Competente, y/o de manera virtual.
¿Hay pago a domicilio en el área rural?
Para los rentistas que viven en zonas rurales, en caso de estar impedidos para el cobro en las entidades financieras habilitadas a nivel nacional, es necesaria la habilitación de un poder para el cobro de rentas (el servicio de pago a domicilio sólo cubre el área urbana) o solicitar la modalidad de pago abono en cuenta, en cuyo caso podrá realizar el control de vivencia de manera presencial o virtual.
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