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Por Guardiana (Bolivia), foto del Ministerio de Trabajo

Jueves 2 de mayo de 2024.- La Defensoría del Pueblo identificó al menos cinco vulneraciones a los derechos laborales de las y los trabajadores en Bolivia: al salario justo, a no sufrir acoso laboral, a la inamovilidad laboral, al empleo digno y al pago de beneficios sociales. Expresó su preocupación por el acoso laboral y exigió a los órganos del Estado trabajar en una ley que sancione este atropello. Entre 2023 y abril de 2024, esa oficina estatal atendió 304 denuncias.

En una nota de prensa difundida precisamente en el Día Internacional del Trabajo,  la Defensoría hace saber que ése es un tema pendiente que se arrastra desde hace 15 años, cuando la nueva Constitución Política del Estado entró en vigencia, el 7 de enero de 2009.

El artículo 49 parágrafo II de la Carta Magna ordena: “El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes”.

¿Qué es el acoso laboral? La Organización Internacional del Trabajo la define como: “Cualquier incidente en el cual una persona es abusada, maltratada en circunstancias relacionadas con su trabajo. Estas situaciones pueden ser originadas por jefes, compañeros de trabajo y en cualquier nivel de organización”. Esta definición está incluida en una cartilla informativa de la Defensoría, de 2014.

Las denuncias de acoso laboral ocupan el segundo lugar en las estadísticas defensoriales sobre vulneraciones a los derechos laborales. En total, fueron atendidos 1.683 casos entre 2023 y abril de 2024.

La nota de prensa sólo menciona las cinco principales vulneraciones, y hace énfasis en el acoso laboral, pero nada dice sobre los otros cuatro tipos de transgresiones citados.

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