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Por Guardiana (Bolivia), foto de Fundación Voces Libres

Martes 20 de agosto de 2024.- La Red contra la Violencia a las Mujeres de Cochabamba denunció la existencia de una falla sistémica en la protección estatal a las mujeres víctimas de la violencia de género y exige al Gobierno la aplicación inmediata de siete medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar los daños causados por los agresores.

Producto de esa falla se produjo el feminicidio de Sonia Arraya Rocha, el pasado 14 de agosto en Ivirgarzama, trópico de Cochabamba, perpetrado por su esposo Juan Jorge Z.Z. Dicho asesinato fue la cúspide una serie de hechos que muestran –según esa Red– el incumplimiento de la Ley 348 que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia, vigente desde 2013, y la precaria seguridad que ofrece de la justicia.

En una carta dirigida al ministro de Justicia, Iván Lima, se recuerda que Sonia había denunciado en tres ocasiones a su marido y que éste fue condenado en juicio abreviado por haberle fracturado la nariz a la mujer, pero el hombre quedó en libertad con sanciones alternativas y no fue recluido.

Nadie hizo seguimiento para verificar que el agresor cumpla las sanciones alternativas y proteger de esta manera la vida de Sonia. Por ejemplo, había una orden de desalojo para el sentenciado y él debía estar fuera de la casa familiar, pero no cumplió... y la mató cuando ya tenía una condena.

OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL

La Red recuerda que el Estado tiene la obligación de adoptar medidas efectivas contra la violencia machista. “Instamos –dice la carta– a que se cumpla con la obligación constitucional y legal de proteger a las mujeres víctimas de violencia y que se asegure la aplicación efectiva de la Ley 348 en todo el territorio nacional, para que el sistema no le siga fallando a las mujeres que deciden confiar y que buscan una protección efectiva en la justicia”.

La organización defensora de las mujeres está convencida de que hubo demora en la impresión y envío de la sentencia al juzgado de ejecución penal, como también en la notificación a las partes. Aclara que si este trámite se hubiera hecho en 24 horas, igual había que lidiar con la insuficiencia de juzgados de ejecución penal. “Apenas son tres para todo el departamento de Cochabamba, incluidas las provincias”.

“Esto podría significar –añade la nota– que el resto de los casos que ya tienen sentencia por violencia con sanciones alternativas a la reclusión, están en la impunidad total porque los sentenciados no cumplen esas sanciones y nadie supervisa nada”.

La Red agrega que estas falencias obligan a la víctima, que no sabe de leyes ni de procedimientos, a hacer seguimiento y a pedir una audiencia para solicitar que sean anuladas las sanciones alternativas de su agresor por incumplimiento de las mismas.

SIETE ACCIONES INMEDIATAS
  • Fortalecimiento de la coordinación interinstitucional para garantizar una protección efectiva a las víctimas, desde el momento en que se denuncia el hecho de violencia hasta la ejecución de la sentencia.
  • Capacitación urgente y obligatoria para todos los operadores de justicia en la aplicación de la Ley 348, con un enfoque de género y protección integral.
  • Que se legisle o se establezca una normativa procesal en relación al tiempo o plazos en los que se aplicarán las Sanciones Alternativas, ya que actualmente son los jueces los que definen los plazos de acuerdo a su criterio y, en los hechos, esto genera impunidad.
  • La implementación de un sistema de monitoreo y control efectivo sobre los agresores que hayan obtenido sanciones alternativas o cesación de detención preventiva, para prevenir nuevos actos de violencia.
  • Que se establezca cuáles serán las sanciones por incumplimiento de las Sanciones Alternativas. Algunos jueces, por analogía, aplican la suspensión condicional de la pena y revocan, pero la mayoría de los jueces no lo hacen y alegan la falta de normativa expresa.
  • La revisión y modificación de los protocolos judiciales existentes para asegurar que la protección de las víctimas sea una prioridad absoluta durante todo el proceso penal, evitando que se prolonguen sin control los tiempos procesales.
  • La creación de más Juzgados de Ejecución Penal en Cochabamba y el resto del país, para que estos puedan ejercer sus funciones de supervisión y control de cumplimiento de sanciones en todas las causas y, de esta manera, contribuir a preservar la vida de las mujeres.

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