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Dos años de promesas, de violencia hacia las mujeres y ajustes a la Ley 348 no llegan

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Por Zulema Alanes B. para Guardiana (Bolivia)

Viernes 25 de noviembre de 2022.- Tres años, seis meses y 18 días después de la muerte de su hija, este 15 de noviembre, Yolanda Arancibia recién pudo decirle “descansa en paz”. En ese periodo, a la par de que lidiaba con un proceso penal cuesta arriba, cargado de trabas y mucha insensibilidad de la burocracia judicial, estuvo a la expectativa de la anunciada reforma de la Ley 348 (Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia), que “quedó en simples promesas, creo que tendría que ocurrir un tsunami para que la reforma de la justicia se haga realidad”.

El tsunami no ocurrió. Apenas un remezón de poca intensidad sacudió al ministro de Justicia, Iván Lima, tras las críticas que recibió cuando declaró a la televisora Gigavisión, el 5 de febrero de 2021, que en el marco de la reforma de Justicia se pensaba dejar a las mujeres agredidas la decisión de denunciar o conciliar con su agresor.

En esa entrevista dijo que la intención era “darle la palabra a las víctimas, que las víctimas decidan si van por la vía familiar o vía penal, para mí ese es el cambio fundamental. La víctima tiene que decidir. El Estado no es el padrastro ni tutor de las víctimas que sufren violencia. Si la mujer quiere ir a la vía penal, va a poder ir, si quiere ir a la vía familiar y resolver su conflicto ahí, lo podrá hacer».

Para salir bien librado del remezón, el Ministro de Justicia anunció un proceso participativo para impulsar la reforma de la Ley 348 “sin retroceder, la ley debe avanzar, los derechos son progresivos y no podemos volver a la conciliación anterior a la Ley 348. Esto es una decisión y un compromiso del Ministro de Justicia y del gobierno”, en un mensaje a través de las redes sociales. Sin embargo, ese compromiso que fue posterior a uno anterior hecho en 2020 cuando anunció los ajustes en dicha ley, no se ha cumplido hasta hoy.

Mientras tanto, la violencia hacia las mujeres en Bolivia no para, es más, las cifras suben. Desde marzo de 2013 en que fue aprobada la Ley 348, los feminicidios aumentaron en más del 450 por ciento.

“Bolivia ocupa el cuarto lugar a nivel latinoamericano y primero en la región sudamericana en feminicidios, es un dato terrible y debe preocuparnos a todos. No es un tema que debe resolver solo el Gobierno, es un problema serio que debe involucrarnos a todos”.

Nidya Pesantez, representante de ONU Mujeres Bolivia

El último reporte del Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres da cuenta de que entre enero y octubre de 2022, un total de 77 mujeres fueron víctimas de feminicidio:

  • La Paz encabeza la lista con 31 feminicidios en 2022
  • Santa Cruz se ubica en segundo lugar con 18 feminicidios
  • Luego está Cochabamba con 12 feminicidios
  • En Tarija murieron 6 mujeres
  • En Potosí, 5 mujeres fueron asesinadas
  • Beni registró una muerte en lo que va del año
  • En Chuquisaca, una mujer víctima de feminicidio
  • Oruro anotó un feminicidio

Hoy, 25 de noviembre, se recuerda el Día Internacional de la Lucha contra la Violencia hacia la Mujer. El 17 de diciembre de 1999 la Asamblea General de las Naciones Unidas lo dispuso así con el fin de sensibilizar, denunciar y reclamar políticas públicas para erradicar la violencia de las que son víctimas las mujeres en todo el mundo.

La urgencia de una reforma a la ley

La aprobación de la Ley 348, en marzo de 2013, fue forzada por las protestas y marchas de indignación por el asesinato de la periodista Hanalí Huaycho a manos de su esposo, el policía Jorge Clavijo, denunciado como agresor ante sus superiores en al menos 14 oportunidades. Nunca fue amonestado. Tres semanas después de esa tragedia que tal vez pudo evitarse, se instituyó en Bolivia la figura del feminicidio con la máxima sanción del sistema penal: 30 años de cárcel sin derecho a indulto.

A poco de cumplirse 10 años de su aprobación, Guardiana consultó diversas fuentes para conocer las percepciones con respecto a esta norma y a su tan mentado anuncio de reforma.

Paola Gutiérrez, la experimentada abogada del colectivo feminista Mujeres Creando, aseguró que estuvo observada de origen: “Desde que se promulgó advertimos que no era la respuesta que las mujeres en situación de violencia esperaban para conseguir reparación y justicia”.

Recordó que “hicimos tres manifiestos en contra de la 348 y el tiempo ha demostrado sus falencias. Hemos llegado hasta el ministro Lima que ha disimulado que nos ha escuchado, pero sus promesas han quedado ahí, es más, ni siquiera nos han tomado en cuenta para la socialización de la actual reforma”.

En los últimos años, las observaciones a la ley se han multiplicado. En 2016, la secretaria técnica de la Comunidad de Derechos Humanos, Mónica Bayá, participó en el estudio de la Alianza Libres Sin Violencia que revisó 400 expedientes judiciales para medir el desempeño de los servicios de atención a las mujeres en situación de violencia y dejó sentadas muchas observaciones, “recogiendo los problemas que en el día a día enfrentan las mujeres en situación de violencia y, por supuesto, los familiares de las víctimas de feminicidio. Constatamos que hay pocos expedientes irreprochables y es evidente que el sistema judicial no ha asumido las tareas encomendadas para la lucha contra la violencia de género”.

Yolanda Arancibia y Estela Quintana conocen el estatuto de la 348 al derecho y al revés. Desde 2019 no han cesado en su búsqueda de justicia por los feminicidios de Celinda y Abigail, su hija y sobrina, respectivamente. Se conocieron en los juzgados y decidieron transformar el dolor y el desconsuelo en denuncia y exigencia de justicia, conformaron la Organización de Familias de Víctimas en Busca de Justicia en Bolivia que se constituye en un espacio de apoyo entre quienes tienen que lidiar con el sistema judicial.

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“No hay justicia pronta ni gratuita”, asegura Estela y Yolanda complementa que “esas son las dos mentiras de la Ley 348”. Ambas concluyeron que la reforma es urgente, pero también dejan sentado que “en el papel todo está bien, las fallas están en los operadores del sistema” y alertaron que los cambios pueden ser para peor, “ya se ha visto con la Ley 1173, que tiene una visión muy garantista en favor de agresores, pueden apelar y chicanear y gozar de privilegios que la misma norma les otorga”.

Eulogia Tapia, una activista del Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres que acompaña a las mujeres en situación de violencia y a familiares de víctimas de feminicidio, coincidió en que, en la práctica, los vacíos de la Ley 348 dan lugar a “irregularidades en las investigaciones, demora en las pericias, negligencia en la recolección de pruebas, extravío de expedientes y desaliento de las víctimas”.

En 2017, el Observatorio llamó la atención sobre la falta de cifras y para llenar ese vacío decidió elaborar el Mapa de Feminicidios en Bolivia.

Desde el acompañamiento a las mujeres en situación de violencia y a las familias de las víctimas de feminicidio, el Observatorio considera que es necesario ajustar la normativa para garantizar la reparación integral a la víctima.

“Parece una reiteración, pero nos hemos encontrado con mujeres víctimas de tentativa de feminicidio hospitalizadas en estado de coma, paralíticas e imposibilitadas de valerse por sí mismas porque el hombre en la cárcel no se preocupa para nada, este es un tema que debe visibilizarse”.

Eulogia Tapia, activista del Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres

A más de precisar que la ley también protege a las mujeres trans y lesbianas “es también necesario tipificar el crimen de odio como feminicidio porque actualmente se toma en cuenta como homicidio o asesinato”. Eulogia Tapia también puso acento en la necesidad de tipificar la violencia obstétrica e incluir los delitos de violencia cibernética contra las mujeres, niñas y adolescentes.

Entre quienes se han sumado al pedido de reformas a la Ley 348 están las Feministas Comunitarias que han reclamado por los vacíos de la norma respecto a la violencia que se ejerce contra las mujeres lesbianas y transgénero. Adriana Guzmán ha vivido en carne propia la violencia de su pareja y la interpretación de la ley por parte de fiscales y abogados ha impedido que sus demandas de justicia sean atendidas, “porque los procesos se someten al arbitrio de los juzgadores y a la manipulación de abogados”.

Un proceso de consulta inconcluso

Todos los reclamos han llegado hasta las más altas esferas del Estado boliviano y la reforma se viene anunciando, una y otra vez, pero no se concreta, aunque siempre sale a relucir en fechas conmemorativas.

El 25 de noviembre de 2020, Día de la No Violencia Contra las Mujeres, un decreto supremo fijó un plazo de 60 días hábiles para las modificaciones a la Ley 348. En enero 2021 inició un proceso participativo con diversas instancias sociales que recogió más de mil propuestas para la modificación de la norma y tres meses más tarde, una vez más en el Día Internacional de la Mujer, el ministro de Justicia, Iván Lima, anunció: “Se lanza el debate y lo previsible es que nos tome al menos tres meses construir un anteproyecto y llevarlo a la Asamblea Legislativa para que lo apruebe con la celeridad del caso”.

Las propuestas fueron sistematizadas en un documento denominado Estado de Situación de la Violencia Contra las Mujeres en Bolivia 2021 que sustenta un Anteproyecto de Ley de Fortalecimiento a la Ley 348 que el Ministerio de Justicia entregó al presidente Luis Arce el 19 de julio de 2022. En esa oportunidad, la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, resaltó que el Gobierno continúa trabajando para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y así fortalecer no solo la patria sino la “matria”.

Cuatro meses después, la reforma está estancada y las autoridades prefieren guardar silencio. Guardiana solicitó una entrevista que no fue concedida.

En documentos oficiales del Ministerio de Justicia se informa que, con base en las propuestas, se identificaron 10 ejes que se constituyen en pilares de la reforma:

  • Precisión en el objeto y alcance de la ley
  • Ampliación de derechos en el marco de la progresividad
  • Incorporación de las nuevas formas de violencia y nuevos tipos penales
  • Perfeccionamiento de las atribuciones y roles de la institucionalidad tanto en la prevención como en la atención y en la persecución penal
  • Modificación en el registro de antecedentes
  • Políticas públicas
  • Medidas de protección
  • Procedimiento especial corto y rápido según la calificación penal
  • Jurisdicción alternativa
  • Financiamiento

Con base en estos ejes, se agruparon los diez artículos con más propuestas que son los siguientes:

Las mayores falencias tienen que ver con las medidas de prevención, cadena de atención y sanción de los delitos, todos atribuidos a limitaciones de la Policía Boliviana, Ministerio Público y los juzgados. Respecto a los tipos de violencia, las propuestas plantean incluir la violencia obstétrica y la digital o cibernética.

En declaraciones a la prensa, el ministro Lima destacó que un común denominador gira en torno a “la necesidad de incrementar el presupuesto, hay temas comunes y, otros, que deben regresar al debate”.

El debate no se reinstaló, la redacción del Anteproyecto de Ley de Fortalecimiento a la Ley 348 fue encomendada a una consultora y lo último que se conoció es que fue entregada al presidente Arce. A fecha de hoy, circula una versión no oficial.

Desde la sociedad civil: más consensos que diferencias

Una primera coincidencia con respecto al proceso de modificación de la Ley 348 desde los colectivos feministas y las organizaciones que trabajan en la promoción y defensa de los derechos de las mujeres es el reconocimiento de falencias y debilidades que pueden y deben ser ajustadas.

El proceso de reforma se considera una oportunidad para evaluar la gestión pública y los roles que juegan algunas instituciones en temas de prevención, atención o en la propia elaboración de la política pública y se menciona como una de las debilidades la falta de articulación entre los sectores y la desjerarquización de las entidades que están convocadas por la ley a cumplir un rol en la erradicación de la violencia y que hacen su trabajo en condiciones de un total desbalance de poder.

El financiamiento es un tema central porque expresa la real voluntad política de los gobiernos de implementar o no las políticas de lucha contra la violencia y, en este caso cumplir la Ley 348. La legislación por sí sola no garantiza que las instituciones públicas como los municipios, las fuerzas policiales, las fiscalías y los tribunales sean responsables de la seguridad y la justicia para las mujeres. Es necesario que los recursos para su protección y los instrumentos para la investigación y enjuiciamiento de los delitos estén disponibles.

A partir de esa mirada global, los planteamientos apuntan a una sola dirección: la urgencia de la reforma de la Ley 348 y la preocupación ante el silencio oficial que no da cuenta de la reforma.

Mónica Bayá destacó que la articulación de más de 40 instituciones y organizaciones de la sociedad civil de la que forma parte planteó propuestas globales, pero también se centró en aspectos específicos que deben mejorar en la Ley 348.

"Por ejemplo, los casos de violencia familiar o doméstica que representan más del 80% de los tipos de violencia contra las mujeres y figura entre los delitos de mayor frecuencia del país, requieren una respuesta específica del sistema de justicia para garantizar que las mujeres puedan tener resolución pronta, porque someter a las mujeres a tres, cinco o más años de proceso es una forma de negar el acceso a la justicia”.

Mónica Bayá

En las propuestas también se dejó en claro que actualmente no todas las violencias se traducen en delitos, ni debiera ser así, por lo que “aquellas que son y generan una mayor afectación a los derechos de las mujeres deben tener una respuesta punitiva, una respuesta penal desde el Estado, pero no necesariamente todas”.

También plantearon la incorporación de la violencia digital “que muchas veces es invisibilizada porque no se la ve como real debido a que no es material y ocurre mediante tecnologías de la información y la comunicación. Las propuestas de modificación parten del concepto de que los derechos digitales son una extensión de los derechos humanos para la era de Internet”.

La necesidad de superar la negación e impedimento del disfrute de los derechos fundamentales de las mujeres trans víctimas de violencia por parte de su pareja, fue recogida en el Anteproyecto de Ley “superando el vacío legal existente, al no ser consideradas legalmente como mujeres, no están bajo la protección de la Ley 348”.

En su percepción, “en general hay grandes coincidencias entre las propuestas, respecto de las precisiones o mejoras de tipos penales, de formas de violencia, de nuevos delitos, así como sobre la necesidad de reforzar la capacidad institucional financiera y técnicamente. También se tiene claro que no todo pasa por una respuesta penal, estamos en un momento de altísima impunidad, en general, pero en los casos de violencia mucho más y el mensaje que el sistema de justicia está dando a la sociedad, es precisamente de impunidad y lo que hace es perpetuar la violencia”.

Otra de las coincidencias entre organizaciones diversas es la reflexión en sentido de que la respuesta punitiva no es la única y hay que optar por otro tipo de mecanismos, por ejemplo, procedimientos civiles alternativos cuando no sean violencias que constituyan delito.

Paola Gutiérrez de Mujeres Creando aclaró que no fueron convocadas a ninguna de las fases impulsadas por el Ministerio de Justicia para la reforma de la Ley 348, pero dijo que sostuvieron una reunión privada con el ministro Lima, mucho antes del proceso de consulta e hicieron conocer seis propuestas

“Algunas sugerencias han sido tomadas en cuenta, una de ellas era la propuesta de la doble vía, para otorgar a las compañeras la posibilidad de elegir qué camino seguir, porque por la vía penal que rige en la actual ley el proceso dura dos años, por lo bajo, gastas mucha plata, tiempo, desgaste psicológico y a veces no se logra nada, hay rechazo del caso y sobreseimiento y no resuelve la situación de violencia que viven las mujeres. Que haya doble vía, aunque eso signifique retroceder a la Ley 1674 que garantizaba procesos más cortos y, en algunos casos, resolvía la demanda en una sola audiencia”.

Paola Gutiérrez de Mujeres Creando

Demandan también focalizar específicamente al sujeto de protección de la ley “porque una ley por, para y en base de la lucha de las mujeres no puede ser utilizada por los hombres, no porque nos da la gana, sino porque la realidad social así lo determina: sólo mujeres y población LGTB”. Se refiere a que en realidad, en la Ley 348 se dice en el artículo primero y en otros más que esta normativa "garantiza a todas las personas, en particular a las mujeres, el derecho a no sufrir violencia fisica, sexual y/o psicológica tanto en la familia como en la sociedad". Al hablar de "personas", protege a todas y no únicamente a las mujeres; pero no están de acuerdo en que siga siendo así.

Otras propuestas se centran en la necesidad de adoptar mecanismos para sancionar a los operadores de justicia que no cumplen los principios y valores de la Ley 348 como la celeridad, gratuidad, pronta diligencia, los no formalismos, modificar los tipos de violencia porque “de los 16 que menciona actualmente la norma, solo cinco tienen procedimiento legal y, por tanto, pueden ser denunciados y, en el otro extremo hay delitos que están por fuera que deben ser incorporados como la violencia cibernética hacia las mujeres”.

Otro de los planteamientos centrales de Mujeres Creando es “el derecho a la legítima defensa que debe proteger a las mujeres que se han defendido para salvar su vida o por defender a sus hijas, porque las circunstancias las han obligado, el derecho a la legitima defensa está muy ambiguo en la cuestión penal, restringe principalmente a las mujeres y la Ley 348 ni siquiera lo menciona”.

Mujeres Creando plantea también un fondo de reparación de daños de los huérfanos del feminicidio y otras mujeres que viven violencia según la magnitud del daño. Cuestionan algunas modificaciones incluidas en el Anteproyecto de Ley del Ministerio de Justicia porque se minimiza tipos de violencia como la psicológica y plantean que no habrá sanción punitiva sino sólo económica, “y lo más ridículo es que el pago punitivo vaya a las arcas del Estado, no para la reparación ni el pago de daños y perjuicio”.

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También cuestionan que se pretenda dejar la lucha contra la violencia en manos de los Servicios Legales Integrales Municipales, “que son el eslabón más débil de la actual estructura institucional a cargo de la lucha contra la violencia”.

Desde el Feminismo Comunitario, las propuestas complementan las visiones planteadas por otras organizaciones. Adriana Guzmán detalló que “planteamos algunos elementos que permitan subsanar cosas que se dejaban a la libre interpretación del sistema de justicia, el caso de tentativa de feminicidio, por ejemplo, que aún con 60 días de impedimento son tipificados como violencia familiar por la libre interpretación del sistema de justicia”.

También subrayan que la prioridad de la Ley 348 deben ser las mujeres “y este no es un tema menor porque la ley ha sido utilizada por hombres que amenazan con quitarte las guaguas, para no ser juzgados o no cumplir con la asistencia familiar y porque, además, los hombres que sufren violencia pueden llevar procesos por el Código Penal”.

Y coinciden en que los huérfanos de feminicidio deben ser protegidos por la ley, por lo que plantean “la creación de una instancia supraestatal del Estado que resuelva la guarda de las niñas y niños, que evalúe la extinción de paternidad en todos los casos de feminicidio” y que, en materia de política pública, “tenga capacidad de decisión porque el problema de la Ley 348 es que hay muchas instancias dispersas, duplicando labores, es necesario concentrar la dispersión porque es prebendal y ha permitido cuotear las instancias de lucha contra la violencia”.

Y desde su propia identidad, las feministas comunitarias han planteado la modificación de las bases, principios y definiciones de la Ley 348. “Pedimos que se incorpore a las trans y a las lesbianas. El anteproyecto de reforma incluye a las trans, pero no a las lesbianas, como parte de las mujeres protegidas y que se especifique el agresor o la agresora en caso de relaciones lésbicas. No es que haya un vacío, la ley vigente dice el agresor o la agresora, pero los prejuicios heteronormadores y machistas no tipifican los casos de violencia y no los aplican a las familias del mismo sexo y en el caso de una familia homoparental las niñas y niños no tienen protección”.

Las propuestas son diversas, pero tienen más coincidencias que diferencias. Por ello, desde las organizaciones de mujeres y desde el activismo no se explican por qué se truncó el proceso de reforma de la Ley 348.

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