Texto de Guardiana y caricatura de Javier Menchaca (Bolivia)
Si te hiciste muchas ilusiones con la donación que recibiste del extranjero, tienes que saber que no es gratis. Tendrás que pagar impuestos en Bolivia, sobre todo si se trata de un bien mueble (vehículos, maquinaria y equipos electrónicos, entre otros) o inmueble (terrenos, casas o departamentos), que son bienes que tienen que ser inscritos en la Alcaldía respectiva, Derechos Reales o en la Unidad de Tránsito.
Ojo que los impuestos a pagar no tienen una alícuota (proporción o porcentaje) relacionada directamente con el ingreso al país de la donación (sea bien o dinero), sino que tienen que ver con impuestos que regulan su propiedad, uso y destino en el país.
Te invito a conocer las explicaciones de profesionales contadores. Cecilia Almaraz brindó un asesoramiento legal con base en la Ley 843 del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y a su Decreto Supremo 21530, además del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), fijado en el Decreto Supremo 24051.
¿Qué impuestos debo pagar al momento de recibir una donación?, se le preguntó a Almaraz y ella reconoció que este tipo de trámites son poco frecuentes en la actividad laboral que desempeña. No obstante, señaló que las empresas con fines de lucro que reciben una donación deben pagar dos tipos de gravámenes:
Primero, se debe pagar el 3 por ciento del valor del bien como Impuesto a la Transferencia (IT), pago que se debe efectuar a la Alcaldía.
Segundo, se debe cancelar el 20 por ciento del valor del bien a la Gobernación del departamento en el que vive la persona, en este caso el Impuesto a la Transferencia Gratuita de Bienes (ITGB).
Sumados alcanzan a un 23 por ciento del valor del mueble o inmueble, señala Almaraz. ¿Y cuánto cuesta una casa o un departamento o un terreno que fue regalado? Eso lo establece el gobierno municipal según un avalúo catastral que toma en cuenta la zona en la que está ubicada la vivienda, tamaño del terreno, la construcción que tiene y el material de la vía sobre la que está.
El tratamiento para las entidades sin fines de lucro, acotó Almaraz, como fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) es distinto, pues éstas sólo deben pagar por única vez el 5 por ciento del valor del bien a Impuestos.
¿EN QUÉ MOMENTO HACER EL PAGO?
El pago de estos impuestos se debe hacer el momento de inscribir los bienes muebles o inmuebles a nombre de quien los recibió ante un notario de fe pública, luego de firmar la respectiva minuta de donación. Para el IT hay un plazo de 10 días para ser pagado, mientras que el ITGB debe ser cancelado en los siguientes 90 días, según Almaraz.
Una vez que se cumpla con esos requisitos, el notario de fe pública estará habilitado para hacer la respectiva inscripción a nombre del beneficiario.
REQUISITOS PARA EL PAGO DEL IT
- Minuta de donación
- Cédula de Identidad del beneficiario de la donación
- Pago del IT (3 por ciento del valor del bien)
- Presentación de la boleta de pago de impuesto al notario de fe pública
REQUISITOS PARA EL PAGO DEL ITGB
- Minuta de donación
- Cédula de identidad del beneficiario de la donación
- Pago del 20 por ciento del valor del bien
- Presentación de la boleta de pago de impuesto al notario de fe pública
IMPUESTOS POSTERIORES
Si la empresa tiene fines de lucro, el hecho de haber pagado el IT y el ITGB no significa que se libra de tributos porque después aún debe cancelar impuestos mensuales o anuales porque al dedicarse a la venta de bienes y/o servicios, estas actividades tienen gravámenes.
Por ejemplo, si una empresa recibe como donación un vehículo, éste debe ser inscrito en la alcaldía respectiva y ante la Unidad Operativa de Tránsito. Para este caso, tendrá que pagar el Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores anual y las inspecciones respectivas a la unidad policial.
Pasa lo mismo con un inmueble, cada año se debe pagar el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles ante la alcaldía inscrita.
Las empresas, además, según la explicación de Almaraz, tienen obligaciones como el pago anual del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), que es el 25 por ciento de las utilidades. Para este caso, los pagos del IT y del ITGB son gastos que se pueden deducir para el pago del IUE, pero por una sola vez.
Además, como efecto del uso de maquinaria, especialmente, cada empresa debe pagar mensualmente por las compras el IVA (13%) y por las ventas el IT (3%), acotó Almaraz.
¿QUÉ PASA SI LA DONACIÓN ES DE DINERO?
Para el caso de las donaciones de dinero que vienen del exterior, los contadores Teófilo Mújica y Javier Céspedes explicaron que éstas tienen “alícuota cero” a su ingreso al país. O sea, no se paga ningún impuesto.
No obstante, explicaron ambos, el Estado ahora ejerce un control estricto sobre el destino y uso de ese dinero, debido a que se detectaron irregularidades.
Mújica indicó que el Estado se dio cuenta de que muchos de estos recursos eran usados para “enriquecer” a empleados de instituciones sin fines de lucro. Por ejemplo, acotó, se estableció que para un determinado proyecto, que puede ser de educación, se destinaba sólo el 25 por ciento de los recursos al área educativa y el 75 por ciento a salarios de los integrantes de la organización beneficiaria.
En ese sentido, Mújica explicó que las entidades beneficiarias ahora deben contar con un certificado de origen de la donación (que señale quién lo envía y desde qué país) y un detalle para qué será destinado, para demostrar que es donación.
Una vez que ingresa el dinero al país, la entidad beneficiaria debe demostrar al Estado en qué destinó esos recursos, a través de respaldos de facturas.
Si la entidad no tiene facturas, las erogaciones deben tener las siguientes retenciones: 16% para el pago de servicios, sueldos o salarios (del que 3% corresponde al Impuesto a las Transacciones y el 13% al Impuesto a las Utilidades por Servicios) y 8% por compras no facturadas (del que el 3% corresponde al Impuesto a las Transacciones y 5% es la alícuota por compra).
Mújica explicó que hasta febrero de este año el Impuesto a las Utilidades por Servicios llegaba sólo al 12,5%, pero que después subió al 13%.
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