Por Guardiana (Bolivia)
“Soy madre de cuatro niños menores de edad. Quedé sin trabajo. Me despidieron. Quedé viuda del padre de mis dos hijos mayores. Después de cinco años conocí a una persona. Me ofreció su apoyo incondicional; pero quedé embarazada y quiso obligarme a abortar. Yo no quise. Me amenazó y me dijo que ya no lo buscara para nada. Por miedo a que le haga algo a mi hijo o a mí hice registrar a mi bebé con el apellido de mi esposo fallecido. Pasé muchas necesidades, ya que también vivía y vivo con mi papito que es de la tercera edad. Yo trabajaba en un supermercado y él me los cuidaba a mis hijitos. Yo no recibía ninguna ayuda de los familiares de mi esposo fallecido”.
“Entonces apareció un hombre que parecía bondadoso. Me persiguió ofreciéndome cielo y tierra. Cuando me enteré que era hermano del hombre que me embarazó y quiso que abortara, yo no quise nada con él. Al final me convenció. Sabía de toda la situación que pasó con su hermano, no le oculté nada. Agarró un departamento en anticrético, donde yo puse un poco de mis ahorros. Me fui a vivir con él junto a mi papá y mis hijitos. Con el tiempo cambió todo. Me obligó muchas veces a estar con él y tuve que acceder por miedo de que nos bote a la calle. Quedé nuevamente embarazada, pero por los muchos problemas, perdí el embarazo de mi cuarto hijo. Él me obligaba a congeniar con su hermano, cosa que yo no quería. Me daba el dinero que quería, yo no le pedía nada porque yo contaba con mi sueldito. Siempre me levantaba que mis hijos comían. Yo me hacía cargo para que no se fije en eso. Traté de llegar a quererlo, pero no pude. Nos mudamos de casa en plena pandemia. Nos llevó a vivir en una casa que parecía una ratonera. No me dio explicaciones. Acepté todo. Me hizo pagar todo, incluso los servicios, luz, agua, internet, hasta el alimento porque decía que mis hijos comían más”.
“Desgraciadamente me despidieron. Estoy sin trabajo y él ahora me está botando de la casa. La dueña vino y me dio un plazo corto para desalojar. Él no me da nada. No tengo dónde ir. Yo no cuento con dinero para un abogado. Qué puedo hacer”.
Tras conocer este caso, Guardiana fue a buscar al director nacional de los Servicios Integrales de Justicia Plurinacional (Sijplu), Aldo Torres, que depende del Ministerio de Justicia, y a la abogada Jhoselin Jaimes, quien atiende procesos judiciales de familia.
Dos procesos judiciales
Después de analizar los antecedentes, Torres explicó que la víctima debe iniciar dos procesos judiciales por separado en contra de los dos hermanos. Uno por violencia familiar y otro para demandar el pago de pensiones familiares. Este criterio es compartido por la jurista Jaimes, quien, además, advirtió que para el segundo juicio se puede alegar que hubo violencia económica.
Para el primer juicio sugerido, según la explicación de Torres y Jaimes, la violencia se manifestó de diferentes formas. Desde la verbal, ante los pedidos de que la mujer aborte y observar que sus otros hijos y su padre “comían”; pasando por la física, por haber provocado un aborto por los constantes problemas que tenían; hasta llegar a la violencia económica, al negarse a dar dinero para pagar los servicios básicos, dejando que ella corra con todos esos gastos.
Esas formas de violencia en contra de la mujer están tipificadas o reconocidas en el artículo 7 de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia (Ley 348).
No tienes que olvidar que la Ley 348 prohíbe, ante cualquier caso de violencia, la posibilidad de que la víctima y el agresor puedan conciliar. “Ninguna institución receptora de denuncias ni su personal, podrá promover la conciliación ni suscripción de ningún tipo de acuerdo entre la mujer y su agresor, bajo responsabilidad”, ordena el artículo 46 de esa normativa. Sin embargo, también existe la posibilidad de que por una única vez la víctima pueda conciliar.
En el caso que hoy nos ocupa, Torres explicó que la violencia familiar ejercida por los dos hombres en contra de la mujer debe ser atendida de forma inmediata por la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV), los Servicios Integrales de Justicia Plurinacional (Sijplu) y también por el respectivo tribunal departamental de justicia.
Torres hizo notar que la víctima de este caso debe acudir a los Sijplu, que cuentan con oficinas en todos los departamentos del país, instancia en la que le otorgarán un abogado, para que este profesional preste su asesoramiento y servicios de forma gratuita.
El Director Nacional de los Sijplu pidió a las mujeres víctimas de violencia familiar y a las personas que conozcan este tipo de casos, acudir a sus oficinas, para interponer la denuncia y luchar contra estas agresiones.
Pasos para seguir un juicio por violencia familiar
- Presentación de la denuncia ante la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV). Este trámite es gratuito y no es obligatorio contar con un abogado. Esta acción también puede ser interpuesta ante la Fiscalía.
- La FELCV pasa el caso a los Servicios Integrales de Justicia Plurinacional (Sijplu), para que tomen conocimiento. En esta instancia se otorga un abogado a la víctima de forma gratuita, si ella no tiene dinero para contratar el servicio profesional.
- Se envía el caso a un médico forense para que haga una valoración de la situación física y sicológica de la víctima.
- Citación a la pareja acusada de ejercer violencia familiar. Desde la presentación de la denuncia hasta esta convocatoria no deben pasar más de dos semanas.
- Presentación de la imputación (acusación formal) en contra del acusado de agresión. También se puede emitir el sobreseimiento, si es que la denuncia es falsa o no se la comprueba.
- Traspaso al juzgado respectivo para el inicio del juicio por violencia familiar con el acompañamiento del abogado que apoya a la víctima de forma gratuita hasta el dictamen de un fallo en contra del agresor.
Pago de asistencia familiar
Para el segundo juicio sugerido en contra de los hermanos para el pago de pensiones mensuales, Torres y Jaimes señalaron que la víctima puede iniciar un proceso.
No obstante, ambos observaron el caso del tercer hijo, quien fue inscrito por la madre del menor con el apellido de su esposo fallecido. Al respecto, Torres sugirió un análisis de ADN (ácido desoxirribonucleico), que determine la paternidad y obligue al pago de una asistencia familiar.
Pasos a seguir en un juicio para el pago de pensiones
- Presentación de la denuncia ante los Sijplu para la asignación de un abogado de oficio.
- Presentación de la demanda en contra del padre biológico.
- En caso de ser necesario, para el menor de edad que fue inscrito con otro apellido, proceder a un examen de ADN que demuestre la paternidad del menor y, posteriormente, la obligación del pago de asistencia familiar.
- Paso a un juzgado de familia para el proceso con la convocatoria al demandado para una audiencia preliminar y otra complementaria, para el posterior dictamen de la resolución.
- El padre de familia puede apelar la decisión judicial y esta debe ser conocida por la justicia para rechazarla o ratificar la sentencia dictada.
- La asistencia familiar mínima que debe pagar el padre o la madre de familia es Bs 450, que representa el 20% del salario mínimo nacional, que en esta gestión es de Bs 2.250.
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