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Este lunes 8 de marzo, se anunció en México que se permitirá el uso lúdico de marihuana, un debate pospuesto por mucho tiempo en ese país y que tiene encima más de cinco amparos constitucionales individuales que permiten el consumo personal de esta planta. ¿Impactara esta reforma de alguna manera en las políticas regionales?

Según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la marihuana fue en 2018 la sustancia fiscalizada más consumida en el mundo, con un estimado de 192 millones de consumidores. Esta sustancia fue prohibida junto con otras el año 1961 en virtud de la Convención Única de Estupefacientes aprobada en Viena, con el objetivo de erradicar su uso no científico o medicinal en los siguientes 25 años. Estos objetivos claramente no se han cumplido por ir contra natura, ya que los usos sacramentales, terapéuticos y personales de esta planta datan de hace miles de años.

Es interesante ver cómo en la década de los 60 nació, junto a la prohibición, también la investigación científica en torno a la marihuana. El científico israelí Raphael Mechoulam encabezó la investigación científica para fines medicinales y descubrió más de cien componentes benéficos de esta planta. Sin embargo, tras una larga espera, en enero de 2019, la Organización Mundial de la Salud dio a conocer recomendaciones relacionadas con el cannabis y su retirada de los tratados de control de drogas de la ONU.

Ahora en este inminente ocaso del prohibicionismo, muchos países del globo están regulando el uso adulto de ciertas sustancias, entre ellas la marihuana. Y en estos últimos cinco años, las reformas a las políticas de drogas han venido avanzando de manera exponencial y la consigna de un mundo libre drogas se viene abajo.

Según el informe de drogas de la ONU de 2019, 271 millones de personas en el mundo consumieron drogas este último año, que representa 5.5 por ciento de la población, y 31 millones presentaron algún problema relacionado con el uso de sustancias, cifra que equivale al 11 por ciento de los usuarios de drogas. Es decir, de 10 usuarios, uno puede tener problemas de abuso o adicciones y debe ser atendido por el sistema de salud y no ser perseguido policialmente. Al resto de los usuarios no debería imponérseles ninguna clase de prohibición, más allá de la edad mínima para consumir, como en el caso del alcohol.

En este contexto, México permitirá el uso lúdico de marihuana y se suma a la lista de países donde se descriminaliza su utilización. Este uso lúdico de marihuana como definición es limitado, ya que etimológicamente, su significado trasciende el mero recreo y abarca otros aspectos. Y está respaldado por el libre desarrollo de la personalidad como derecho humano y garantiza que las personas puedan elegir su modo de vida, dieta, credo, etc.

Gracias a las reformas aprobadas por las comisiones de justicia y salud de México, se despenalizará el consumo adulto de marihuana. Para ello se definirán umbrales de consumo, es decir tablas que señalen la cantidad máxima que una persona puede poseer para su consumo personal, que oscila por los 28 gramos y la posibilidad de cultivar hasta cuatro plantas. Estas reformas, si bien son un avance en materia de reformas de políticas de drogas, también pueden jugar en contra cuando se exceda el umbral de 28 gramos, cuya sanción penal es de 5 a 15 años de cárcel, según esa legislación.

En América, países como Canadá y Uruguay han legalizado completamente el uso adulto de marihuana y otros países han venido despenalizando su consumo, estableciendo umbrales. Países como Ecuador, Colombia y algunos estados de Estados Unidos de Norteamérica también tienen despenalizado el consumo de esta planta. Esta corriente reformista quiere claramente alejar del sistema penal a aquellos consumidores “funcionales” y acercar a los servicios de salud a aquellos que tengan problemas de abuso o dependencia a sustancias.

Los consumos de marihuana pueden ser rituales o sacramentales como se ve en Jamaica o la India, medicinales o recreativos o lúdicos, según el autor A. Escohotado. Lúdico tiene su origen en el vocablo latín ludus que, junto a la idea de pasatiempo, recreo, también abarca la idea de ejercicio y adiestramiento de alguna técnica o pericia, desde lo militar hasta el arte. Entonces, el uso adulto de la marihuana puede contemplar los usos que describe Escohotado. Por ende, quien esté habilitado legalmente para consumir podrá dar el uso que estime necesario a esta planta, rompiendo la idea colectiva de que lo lúdico es solo diversión y ocio.

Por encima de estas ideas de clasificación de los usos de sustancias tales como la marihuana y sus regulaciones, está el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Este derecho protege la capacidad de las personas para definir, en forma autónoma, las opciones vitales que tendrán que guiar el curso de su existencia, así lo señala la Corte Constitucional de Colombia, en su sentencia SU-642/98, noviembre 5 de 1998.

Entonces, frente a este derecho, el Estado no puede imponer roles de conducta, y debe diseñar políticas publicas que no criminalicen al usuario y atiendan los problemas de salud derivados del uso de sustancias desde un enfoque de salud pública.

En conclusión, los adultos debemos poder elegir como parte de nuestras libertades individuales y el derecho antes descrito si queremos consumir un tabaco o marihuana, sin que esta conducta este perseguida penalmente.

Se tiene la creencia de que la regulación, despenalización y, en última instancia, la legalización ocasionarán el incremento del consumo entre los adolescentes; pero estamos hablando de un uso adulto y, por ende, de la prohibición de consumo para menores de edad que se mantiene, a quienes claramente no se les debe permitir el uso personal de marihuana porque están en etapa de desarrollo desde un punto de vista médico y científico.

La despenalización permitirá un mayor control de calidad del producto, salvaguardando la salud del usuario, quien podrá cultivar su propia marihuana o adquirir productos con registros sanitarios y otros estándares para el consumo humano.

La marihuana se consume en nuestros países con o sin regulación, solo que sin ella los usuarios están expuestos a la inseguridad ciudadana, la criminalización por parte de la Policía, la estigmatización por parte de la sociedad y el escarnio público por el hecho de consumir una planta.

El autor es abogado, investigador y activista, con formación en derechos humanos y especialista en Política de Drogas y Derechos Humanos.

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