Por Guardiana (Bolivia), foto de Diario Jurídico
Jueves 25 de septiembre de 2025.- Erick A.O., de 31 años, es la primera persona condenada a prisión por la producción de material de abuso sexual de una niña, su prima de nueve años, delito sancionado por la nueva Ley 1636 que castiga el abuso sexual infantil en entornos digitales. Pero, además violó a la menor desde que ella tenía seis años (violación agravada) y practicó pornografía: fotografiaba y filmaba lo que hacía.
Sobre la base de esos antecedentes, el Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer N° 7 de la Cochabamba condenó al hombre a 30 años de presidio a cumplir en el penal de máxima seguridad de El Abra, informó este jueves la Fiscalía Departamental.
Primer delito
En el caso del primer delito castigado por la Ley 1636, promulgada el 10 de septiembre de 2025, que incorpora el artículo 323 ter al Código Penal, se prevé una sanción de 15 a 20 años de privación de libertad y, como existe la agravante de que la víctima es menor de 18 años, la pena es aumentada en un tercio.
Segundo delito
El delito de violación de infante, tipificada en artículo 308 bis del Código Penal es sancionado con 20 a 25 años de presidio. En este caso, un crimen de este tipo es sancionado con 30 años de cárcel sin derecho a indulto porque existe las agravantes. La Fiscalía informó que el violador es primo de la víctima.
Estas son las agravantes establecidas en el artículo 310 del Código Penal:
- a) Producto de la violación se produjera alguna de las circunstancias previstas en los artículos 270 y 271 de este Código
- b) El hecho se produce frente a niñas, niños o adolescentes
- c) En la ejecución del hecho hubieran concurrido dos (2) o más personas
- d) El hecho se produce estando la víctima en estado de inconsciencia
- e) En la comisión del hecho se utilizaren armas u otros medios peligrosos susceptibles de producir la muerte de la víctima
- f) El autor fuese cónyuge, conviviente o con quien la víctima mantiene o hubiera mantenido una relación análoga de intimidad
- g) El autor estuviere encargado de la educación o custodia de la víctima, o si ésta se encontrara en situación de dependencia respecto a éste o bajo su autoridad
- h) El autor hubiera sometido a la víctima a condiciones vejatorias o degradantes
- i) La víctima tuviere algún grado de discapacidad
- j) La víctima sea mayor de sesenta (60) años
- k) La víctima se encuentre embarazada o si como consecuencia del hecho quede embarazada
- l) Tratándose del delito de violación, la víctima sea mayor de catorce (14) y menor de dieciocho (18) años
- m) El autor hubiera cometido el hecho en más de una oportunidad en contra de la víctima;
- n) A consecuencia del hecho se produjera una infección de transmisión sexual o VIH
- o) El autor fuera ascendiente, descendiente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad
Tercer delito
El delito de pornografía es sancionado por el artículo 323 del Código Penal (modificado por la Ley 1636) con una condena de 10 a 15 años de privación de libertad. La pena es agravada en un tercio si el autor del delito “mantiene una relación laboral, de parentesco consanguíneo o de afinidad con la víctima”.
Antecedentes del caso
El Fiscal Departamental de Cochabamba, Osvaldo Tejerina Ríos, informó que en la audiencia de procedimiento abreviado el Ministerio Público acreditó que Erick A.O. es autor de los delitos por los que se le acusa.
Dijo que fueron presentados elementos de convicción colectados en la preliminar como el informe psicológico, fotos y videos obtenidos de un celular, material audiovisual de las agresiones sexuales almacenado en un disco compacto, los informes del investigador y declaraciones testificales, entre otros.
Víctima desde sus 6 años
El fiscal asignado al caso, Juan Carlos Aguilera Numbela, explicó que las agresiones sexuales se registraron en el municipio de Vinto, en distintas ocasiones, desde el año 2022 cuando la víctima tenía seis años de edad.
Su primo Erick tomaba fotos y filmaba el abuso sexual y la violación, y almacenaba ese material en la nube. Durante el allanamiento a su inmueble, se secuestró dicho material y se logró verificar el ambiente donde eran cometidos los hechos.



Comentarios