Por Guardiana (Bolivia)
Lunes 11 de agosto de 2025.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó que, a partir de las elecciones nacionales de 2030, los binomios presidenciales deberán respetar el principio de paridad de género; es decir, incluir obligatoriamente a un hombre y a una mujer para que puedan postular a la presidencia o a la vicepresidencia del Estado o viceversa.
El presidente del TCP, Gonzalo Hurtado Zamorano, señalado como uno de los magistrados autoprorrogados, hizo conocer esta decisión que está incorporada en la Sentencia Constitucional 40/2025, durante un acto público desarrollado en instalaciones de la Universidad Pública de El Alto (UPEA).
“A través de la presente —dijo Hurtado— sentencia constitucional, el TCP ha determinado que la paridad de género se aplique absolutamente en todos los cargos, incluyendo los candidatos a la presidencia y vicepresidencia a partir de las próximas elecciones”.
Esa sentencia responde a la acción de inconstitucionalidad abstracta que había presentado, el pasado mes de abril, el expresidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari Martínez, ante el TCP.
Espada recordó que la paridad de género ya se aplica en las listas para asambleístas, pero a partir de los comicios nacionales de será obligatorio que el binomio presidencial tenga una composición paritaria.
En estas elecciones nacionales de 2025, el único binomio en carrera que tiene a un varón y a una mujer es el de Alianza Popular, con Andrónico Rodríguez y Mariana Prado.



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