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Por Wara Delgadillo para Guardiana (Bolivia)

Después de una agresión sexual, es natural que la víctima quiera olvidar lo que pasó y pasar la página, pero es importante recordar que cada delito merece justicia. El agresor debe ser sancionado y ella tiene derecho a recibir apoyo y reparación por el trauma sufrido.

Conversé con la abogada constitucionalista Gabriela Sauma, que tiene una amplia experiencia en el tema. También hablé con la abogada Miriam Chura, de Misión Justicia Internacional y especialista en violencia sexual. Ellas no sólo explicaron el procedimiento a seguir, sino que mostraron las varias puertas que se pueden tocar cuando se produce una violación sexual.

Algunas de las puertas que puedes tocar

La abogada Miriam Chura explicó que si la víctima es un niño, niña o adolescente (NNA), se debe acudir a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) como instancia promotora que realizará un acompañamiento para la valoración médica, la evaluación psicológica y social.

Si la víctima es mayor de edad, puede acudir a Servicios Legales Integrales Municipales (SLIM) o al Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (SEPDAVI). Estas instituciones tienen la obligación de atender de manera gratuita a la persona agredida, explicarle sus derechos y acompañarla en todo el proceso.

Una vez que alguna de estas instancias conoce el caso y toma la declaración de la víctima, tiene la obligación de comunicar a la Fiscalía Especializada en Razón de Género. Recuerda que quien hable con la persona agredida debe tener cuidado en recoger los datos y la información brindada, sin juzgarla.

También puede ir directo a la FELCV o a la Fiscalía

La abogada Gabriela Sauma indicó que otra manera de denunciar es recurrir directamente a la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia (FELCV) o a la estación de Policía más cercana. En este caso, la víctima también deberá relatar los hechos que serán registrados por la Policía para ponerlos en conocimiento del fiscal que es quien dirige las investigaciones de los delitos en general.

Otra manera de denunciar es a través de un documento llamado querella. En esta opción, la víctima puede acudir a un abogado para elaborar el documento en el que relatará los hechos y luego éste deberá ser presentado ante la Fiscalía. 

En ningún caso deben negar atención a una persona agredida, ni deben cuestionar sus acciones, su forma de vestir o la situación en la que fue víctima. Ella debe recordar que lo sucedido no es su culpa.

¿Qué es importante contar?

Sabemos que hablar con alguien desconocido puede ser difícil, pero es importante denunciar para protegerse. Para hacer el proceso más fácil, la víctima debe proporcionar la mayor cantidad de información posible sobre el agresor, como su nombre (si es que lo conoce), dirección y su número de teléfono. Si no lo conoce, debe describir su estatura, rasgos físicos, contextura y otros detalles que puedan ayudar a hacer un retrato.

También es útil mencionar si el hecho ocurrió antes y si hay alguna denuncia previa. Ella debe contar qué sucedió, cuándo y dónde ocurrió, si hubo amenazas y si hay testigos. Compartir sus preocupaciones y miedos ayudará a que la entiendan mejor y le brinden el apoyo que necesite.

Principio de presunción de verdad
En casos de violencia sexual se aplica este principio que establece que la declaración de la víctima debe tomarse como creíble y veraz, y es la única testigo del hecho.

Sentencia Constitucional Plurinacional 353/2018
Medidas de protección

Una vez que la víctima relate los hechos, las instituciones mencionadas deben emitir las medidas de protección, sobre todo si ella se encuentra en riesgo de ser agredida nuevamente o si convive con el agresor. Entre las medidas protección que se pueden emitir están:

  • Ordenar la salida del agresor del lugar donde vive con la víctima.
  • Prohibir al agresor acercarse, visitar o ingresar al domicilio.
  • Prohibir al agresor comunicarse, intimidar o molestar a la víctima por cualquier medio.
  • Prohibir que el agresor transite por lugares por donde anda la agredida.
  • Prohibir acciones de amenazas o intimidación.
  • Disponer que el agresor sea retirado de su trabajo
  • Inicio de la investigación

Una vez que la víctima hace la denuncia por cualquiera de las vías explicadas, inicia el proceso penal. Según indica la Ley 348, Integral Contra Toda Forma de Violencia la investigación preliminar debe realizarse en 8 días máximo 90 días, es decir, que en ese tiempo el investigador debe recolectar todos elementos que demuestren el hecho, pasado ese tiempo, el fiscal del caso debe emitir una decisión, explicó la constitucionalista Sauma.   

Una vez concluido todo eso, el investigador realizará otro informe y con esto el Fiscal imputará o no al agresor. Durante este tiempo la institución a la que la víctima acudió para ser acompañada (SLIM, DNA, SIJPLU, SEPDAVI), la debe apoyar y acompañar en todo momento a través de sus profesionales, con orientación legal, terapia psicológica y visitas domiciliarias.

Decisiones del fiscal luego de la investigación

Una vez concluido este plazo, el Fiscal presentará una Resolución de Imputación Formal, es decir, un documento en el que se le comunica al agresor que es investigado por haber cometido con probabilidad el delito porque existen pruebas de su culpabilidad.

El Fiscal también puede rechazar la denuncia, cuando no se pudo identificar al agresor, o resulta que el hecho no sucedió como lo contó la víctima, o no hay pruebas suficientes o existe algún otro obstáculo legal, explicó la doctora Chura.

Inicio de la etapa de preparación para el juicio

La abogada Sauma explicó que una vez que el agresor sabe que se lo investiga por el delito, inicia la etapa preparatoria que tiene un plazo de 6 meses, tiempo que máximo podrá ser ampliado a 18 meses.

Una vez transcurrido este tiempo, se llega al juicio oral en el que la Fiscalía debe demostrar la culpabilidad del agresor. Todo el proceso penal tiene una duración máxima de tres años.

Ajustes que se avecinan

Durante el 2023, la Fiscalía General del Estado promovió la Mesa Interinstitucional de Lucha Contra la Violencia de Género, producto de esta Mesa se consolidó la Ruta de Actuación Interinstitucional (RAI), que tiene como objetivo brindar una respuesta adecuada, rápida y efectiva a las necesidades de las víctimas de violencia de género, sin causarles más daño.

Sin embargo, la constitucionalista Sauma, que además formó parte del proceso de elaboración de la ruta, explicó que si bien la RAI ya está en marcha, existen aspectos que aún se están trabajando como la declaración única de la víctima que pretende evitar que ella cuente en reiteradas ocasiones lo sucedido para no revictimizarla. No obstante, estos aspectos aún están en construcción.

Por el momento, la persona agredida debe tomar en cuenta los puntos explicados.

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