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La planta de marihuana es considerada la planta de los mil usos, y su aprovechamiento data de hace miles de años. Su prohibición es reciente, no tiene más de un siglo, y el papel que juega en la historia de la humanidad en la que se ha venido usando con fines religiosos medicinales e industriales es importante. Actualmente en el mundo se vienen reformando las normas que prohíben su uso, por marcos regulatorios que permiten el uso medicinal e inclusive recreativo de esta planta.

Científicamente se ha demostrado que el uso de marihuana medicinal tiene beneficios para la salud y países como Mexico, Argentina, Chile y Perú ya han regulado su uso. En Bolivia pacientes de enfermedades del sistema nervioso y otras enfermedades graves o crónicas, están usando marihuana medicinal de manera clandestina. Frente a estos hechos, la falta de regulación para su uso, los expone a ser perseguidos por la policía y que su derecho a la salud sea restringido.

En México se han venido dando reformas desde 2017 para el acceso a marihuana medicinal. Este año el Senado aprobó la Ley General para la Regulación del Cannabis. En Argentina en octubre del presente año, se legalizó el autocultivo controlado de marihuana medicinal y se tiene la ley 27.350 que regula la investigación científica y uso medicinal. Chile tiene una regulación desde 2015 y es uno de los países pioneros en masificar el uso y oferta de productos derivados de la marihuana en Latinoamérica. También es reconocido este país por tener a la Fundación Daya, que aglutina a pacientes epilépticos, en su mayoría niños. El Perú en el año 2017 aprobó la Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados, Ley No. 30681, que regula el uso informado, la investigación, la producción, la importación y la comercialización de la marihuana y sus derivados destinados exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos.

Esta corriente de reformas para regular se está dando en todo el mundo por ejemplo: Canadá, Uruguay, EE.UU, Israel, la Unión Europea, etc. La misma OMS reconoció en 2019 el valor terapéutico de los componentes químicos de la marihuana e instó a trabajar en su reclasificación. A principios de diciembre de este año, la ONU decidió sobre la reclasificación de la marihuana para usos medicinales, quitándola de una de las listas anexas, es decir ya no se considera una droga peligrosa, como la heroína.

En Bolivia, según el Deber y Opinión hasta 2017 más de medio centenar de pacientes epilépticos bolivianos ya están usando marihuana medicinal y reciben tratamiento con extractos de esta planta. Así mismo surgieron varias páginas en Facebook de agrupaciones que promocionan las bondades y efectos en la salud, como asociaciones de pacientes y gente interesada en esta medicina alternativa. Actualmente se puede encontrar en distintos mercados populares, como la Cancha de Cochabamba (sector herbolarias), pomadas a base de marihuana e incluso aceite para fines medicinales.

¿Por qué la policía persigue a alguien que hace uso de una planta con fines medicinales? Básicamente porque una ley así lo dispone, esta es la ley 1008 (julio de 1988), que prohíbe todo lo relacionado con marihuana (entre otras drogas que prohíbe). Esta ley responde a las tres convenciones internacionales de fiscalización de drogas que Bolivia ha suscrito (Convención de Viena, de 1961, 1972 y 1988). Sin embargo, hoy contamos con una nueva ley (ley No. 913 de marzo de 2017), que da oportunidad a la marihuana medicinal. Pero la falta de regulación permite todavía que se trate como criminales a aquellos pacientes que necesitan usar esta planta.

El derecho a la salud es un Derecho Humano, orientado a mejorar la calidad de vida, así lo indica nuestra Constitución Política del Estado en su artículo 35. El Estado, como garante de este derecho, debe viabilizar el acceso a la salud, en este caso el acceso a terapias con marihuana medicinal. Pero el hecho de que la marihuana siga perseguida por la ley 1008 se constituye en una barrera de acceso a esta planta medicinal.

Frente a la represión de la ley 1008, tenemos los artículos 18,19 y 20 de la ley 913 y el artículo 98 de su reglamento (Decreto Supremo No. 3434), que abren la oportunidad de establecer un marco regulatorio. Buscando se respeten los derechos humanos, se garantice y democratice el acceso a la salud y se deje de perseguir penalmente a aquellos pacientes que necesitan de esta planta. Mejorando la calidad de vida de las personas que padecen este tipo de enfermedades y que pueden tratarse con marihuana medicinal como una alternativa.

Las leyes en el mundo están cambiando de manera progresiva gracias a la evidencia científica, la lucha por los derechos y la visibilidad que han ganado estas poblaciones vulnerables. Una reforma a nuestras leyes represivas es necesaria, y la regulación de la marihuana medicinal es un tema urgente que las políticas públicas y leyes deben atender. Los pacientes no pueden esperar, el dolor no puede esperar y el diseño de esta regulación debe ser consensuado entre el Estado y la sociedad civil.

El autor es abogado, investigador y activista, con formación en derechos humanos y especialista en Política de Drogas y Derechos Humanos.

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