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La Plataforma Ciudadana por el Acceso a la Justicia y los Derechos Humanos, articulación de más de 50 organizaciones de la sociedad civil boliviana, viene impulsando desde hace varios años acciones de acompañamiento al proceso de transformación y reformas al sistema de justicia plural en Bolivia.

El año 2016, la Plataforma creó el “Observatorio Ciudadano de Sentencias Constitucionales[1]”, como una herramienta destinada a mejorar el conocimiento de la población sobre las líneas jurisprudenciales más importantes en materia de acceso a la justicia, debido proceso, derechos humanos y libertades fundamentales.

Como parte de este trabajo y en el marco de la acción de monitoreo, recientemente la Plataforma Ciudadana por el Acceso a la Justicia y los Derechos Humanos, en coordinación con Fundación Construir y la Fundación Tribuna Constitucional, publicó un boletín analítico sobre la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional durante la gestión 2018, documento que expone los resultados de un seguimiento sistemático al desarrollo de las sentencias desde la mirada a la aplicación efectiva de la Constitución Política del Estado, las normas del bloque de constitucionalidad y la interpretación “desde y conforme” a las normas infra-constitucionales que protegen los derechos humanos de la población.

El objetivo de esta iniciativa es relevar y publicar con una periodicidad anual los resultados del análisis de las sentencias emanadas del Tribunal Constitucional Plurinacional, verificando que se enmarquen en la técnica del estándar más alto el principio de progresividad y prohibición de regresividad establecido por los artículos 13.V y 256 de la Constitución Política del Estado y la SCP - 2233/2013.

La sociedad civil organizada considera que las conquistas alcanzadas a nivel normativo o jurisprudencial sobre un derecho no pueden ser desconocidas, lo que significa que, en materia de derechos humanos, no corresponde la regresividad, es decir, el retroceder en la protección de los derechos. Por ello, el método de identificación del estándar más alto en la jurisprudencia constitucional supone un análisis integral de la línea jurisprudencial, para que, en caso de encontrarse dos sentencias antagónicas, o, que no siéndolo contengan criterios progresivos, se tome como entendimiento en vigor aquel que observe el estándar más alto de protección a los derechos fundamentales y garantías constitucionales.

El documento resume, entonces, diversas sentencias progresivas que señalan en adelante líneas de interpretación favorables a la perspectiva de género, el enfoque interseccional a la hora de abordar procesos que involucran a NNAS[2] y personas adultas mayores,  así como también por la interpretación en el marco de los estándares internacionales del derecho a la reparación integral del daño que, sin duda, era uno de los temas pendientes de la jurisdicción constitucional.

A pesar de los avances jurisprudenciales, también se ha identificado la existencia de sentencias regresivas en casos donde se encuentran personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria, como son: privados de libertad, mujeres embarazadas y pueblos indígenas; en las que se describe con precisión y desde la técnica del estándar más alto de protección, las razones de su regresividad, y determinando en cada caso, cuál es el precedente aplicable en el marco del desarrollo jurisprudencial y normativo del país.

Así, la sociedad civil pone a disposición una herramienta para el trabajo de autoridades jurisdiccionales, Ministerio Público, defensores y defensoras de Derechos Humanos para que desde sus distintos roles, tengan la convicción de que en caso de contar con sentencias constitucionales contradictorias, en el marco de los arts. 13 y 256 de la Constitución Política del Estado deberá considerarse  en vigor aquella que tutele de manera más adecuada los derechos fundamentales, es decir la que observe el estándar más alto de protección.

El documento está disponible en este siguiente link.


[1] El observatorio está disponible en la página Web de la Plataforma: www.sociedadcivilenaccion.com

[2] Niñas, niños y adolescentes.

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