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Por Guardiana (Bolivia), foto de la Fiscalía General del Estado

Lunes 17 de febrero de 2025.- Francisco Marupa, agricultor del pueblo indígena leco, en el municipio de Apolo, murió a consecuencia de un golpe fuerte en la cabeza y pérdida de sangre (shock hipovolémico) en una acción criminal atribuida a Julio L.T., de 36 años, quien es acusado de homicidio, razón por la que fue enviado al penal de San Pedro de La Paz con detención preventiva por cinco meses.

El fiscal Departamental de La Paz, Luis Carlos Tórrez, informó que el informe forense descarta que se hubiera utilizado algún arma de fuego o una flecha, como señalaban algunas versiones no oficiales.

Dijo en conferencia de prensa que deben realizarse todavía más indagaciones, entre ellas la revisión de videos, la toma de declaraciones a familiares y vecinos de la víctima y la inspección ocular en el lugar donde se produjo el crimen: la comunidad de Torewa.

Tórrez explicó que la principal hipótesis que maneja el Ministerio Público es que el aprehendido y la víctima tenían rencillas personales.

Sin embargo, aclaró que no se van a desvirtuar en la investigación los mensajes difundidos en redes sociales en los que se mencionaba la posibilidad de que en la muerte de Marupa habría la participación de gente vinculada a la explotación minera ilegal y otras actividades. El fiscal aseguró que el acusado se abstuvo de declarar.

Esta aseveración contradice la información ofrecida el domingo por el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, quien en su página de Facebook decía que Julio L.T. (de 20 años y no 36 como lo aclaró el fiscal de La Paz) “reconoció ser el autor del asesinato porque tenía problemas personales con la víctima, por lo que se descarta muerte por ajuste de cuentas, temas territoriales o minería ilegal, como se especuló”.

La Fiscalía informó que el hecho se conoció el 12 de febrero de 2025, a horas 20:13, aproximadamente, cuando un vecino de Francisco Marupa advirtió su ausencia y cuando lo buscó encontró manchas de sangre en la puerta del domicilio y una camisa ensangrentada a metros de distancia.

Artículo 251 (Homicidio).- La persona que matare a otra será sancionada con presidio de diez (10) a veinte (20) años. Si la víctima del delito resultare ser niña, niño o adolescente, la pena será de catorce (14) a veinticinco (25) años.

Código Penal boliviano

Dos días después, el investigador asignado al caso con la ayuda de la Armada visitó la comunidad Torewa y allí fue encontrado el cuerpo de la víctima en estado de descomposición.

El Gobierno dice que el indígena Marupa fue asesinado por problemas personales

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