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Guardiana (Bolivia)

Miércoles 7 de octubre. El profesor Jaime A. fue sentenciado a 30 años de cárcel, sin derecho a indulto, por el delito de violencia sexual en contra de seis niñas de 8 y 9 años, cuando cursaban el cuarto básico en una unidad educativa de Uncía (Potosí), en el año 2014.

La sentencia se leyó este 2 de octubre luego de un “vía crucis” que tuvieron que sufrir las familias de las víctimas para encontrar justicia.

En 2019, las mamás de las niñas iniciaron, cada una por su lado, procesos penales en contra del agresor ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal de Uncía.

En febrero de 2020,  la Defensoría de Uncía acudió a las activistas de la Alianza Libres Sin Violencia para solicitar asistencia legal y copatrocinio en los procesos de las niñas, organización que apoyó en el proceso y evidenció el abuso de poder y las barreras que enfrentan las víctimas.

Vía crucis

“Este  es un caso emblemático que refleja la realidad de las víctimas de violencia sexual en el país”, declaró Marisol Quiroga, una de las abogadas que llevó el proceso, quien develó que el juicio visibilizó las diferencias económicas como el hecho de que el profesor contaba con el patrocinio de un estudio jurídico y fueron cuatro abogados los que llevaron adelante su defensa, frente a las mamás de las niñas que son de escasos recursos.

Durante el proceso, la defensa del acusado pidió la reconstrucción de los hechos, un acto “inaudito e ilógico que desborda toda la racionalidad”,  continuó Quiroga, a lo que las abogadas de las víctimas dijeron que “no podía considerarse semejante aberración tratándose de delitos sexuales contra niñas”, pues se constituía en una revictimización de las pequeñas.

Por otro lado, se aceptó a un psicólogo que no tenía la ideoneidad acreditada, pues no tenía la especialidad para realizar un peritaje de las declaraciones de las niñas. Esa fue otra de las observaciones, dijo la abogada, quien es directora de la Fundación Esperanza en la Justicia Desarrollo y Dignidad.

En la lista de irregularidades, también figura la solicitud de una evaluación psiquiátrica para una las niñas, “como si ella tuviera trastorno mental”, hecho que finalmente no se dio porque solo el IDIF de Cochabamba cuenta con un perito en esa área y, en ese momento, no podía trasladarse hasta Uncía.

También se denunció la dilación del caso por las constantes ausencias de los abogados del profesor, lo que derivó en la suspensión de audiencias, pese a que las mamás de las víctimas debían viajar desde sus comunidades hasta Uncía para asistir a las mismas.

Negligencia del Ministerio de Educación

Mónica Bayá, la segunda abogada en el proceso, denunció la ausencia e incumplimiento de mandato legal por parte del Ministerio de Educación y la Dirección Distrital de Educación de Potosí.

Luego de conocidos los hechos de violencia sexual, los padres de las niñas afectadas enviaron notas y también se realizaron visitas para informar a la Dirección Distrital de Educación de Potosí; sin embargo, esta entidad incumplió con el deber de coadyuvar con la acción penal correspondiente.

El decreto supremo 1320 establece las obligaciones de las autoridades para actuar en este tipo de casos, a través de la acción penal hasta su conclusión, recordó Bayá, quien es secretaria Técnica de la Comisión de Derechos Humanos.

La defensa de las niñas espera que la sentencia sea ejecutoriada en el corto plazo y se haga justicia, declaró Quiroga, quien explicó que, sin embargo, se prevé la apelación correspondiente.

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